III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-8100)
Resolución de 6 de mayo de 2021, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., y el Instituto del Patrimonio Cultural de España, para fijar los términos de la colaboración respecto de las tareas y acciones relacionadas con el desarrollo del Proyecto "Integrating Platforms for the European Research Infrastructure ON Heritage Science".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58382

Séptimo.
Que IPCE y CENIEH conocen el contenido de los documentos que reconocen su
participación como tercera parte con vínculo legal con el beneficiario CSIC
(especialmente el Anexo 1, Descripción de la Acción) que se adjunta como Apéndice 1 a
este Convenio, así como otros artículos del Acuerdo de Subvención que le pueden ser
aplicables en virtud del presente Convenio y que se incluyen en el Apéndice 2 del
presente Convenio.
En consideración a todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio es establecer los términos de la colaboración entre
CSIC, IPCE y CENIEH respecto de las tareas y acciones relacionadas con el desarrollo
del Proyecto tal y como figuran en la Descripción de la Acción (Apéndice 1).
Segunda.
1.

Obligaciones y responsabilidades de CSIC, IPCE y CENIEH.

IPCE y CENIEH se comprometen a:

a) Realizar las tareas y actividades detalladas en la Descripción de la Acción del
Acuerdo de Subvención.
b) Suministrar al CSIC aquellos informes y entregables relativos a las tareas y
actividades acordados en la Descripción de la Acción arriba indicados en los plazos
solicitados por el CSIC.

– Por parte del CSIC: el/la responsable científico/a del Departamento de Ingeniería
de Superficies, Corrosión y Durabilidad del Centro Nacional de Investigaciones
Metalúrgicas (CENIM).
– Por parte de IPCE: el técnico responsable designado del Área de Investigación y
Formación.
– Por parte de CENIEH: el/la Investigador posdoctoral designado/a del Área de
Investigación Paleobiología de Homínidos.

cve: BOE-A-2021-8100
Verificable en https://www.boe.es

2. IPCE y CENIEH deberán emplear todos los medios y esfuerzos razonables y
toda su experiencia para alcanzar los resultados previstos en la Descripción de la Acción
y, a estos efectos, deberá asimismo informar sin demora al CSIC de toda circunstancia
susceptible de dilatar el calendario previsto o de afectar de cualquier forma a la ejecución
de las tareas mencionadas.
3. IPCE y CENIEH reconocen y aceptan que la Comisión (o en su caso las
Agencias Ejecutivas encargadas de la financiación), la Corte de Auditores Europea y la
Oficina Europea Antifraude serán competentes para ejercitar sus atribuciones y derechos
respecto de las actividades de IPCE y CENIEH previstas en el Acuerdo de Subvención y
en este Convenio, de acuerdo con los Artículos 22 (controles, revisiones, auditorías e
investigaciones) y 23 (evaluación del impacto de la acción) del Acuerdo de Subvención,
artículos que se adjuntan a este Convenio dentro del Apéndice 2 del mismo.
4. CSIC, IPCE y CENIEH se comprometen a transmitirse mutuamente en tiempo y
plazo toda la información necesaria para poder llevar a cabo las acciones previstas en el
Proyecto de forma que puedan cumplirse las obligaciones contraídas por el CSIC, IPCE
y CENIEH en el Acuerdo de Subvención.
5. Los responsables científicos de la ejecución de los trabajos y actividades
científicas previstas en este Convenio serán: