II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios de las Administraciones Públicas. (BOE-A-2021-8049)
Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 57964

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
8049

Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, y 52 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración general del Estado, esta Subsecretaría acuerda anunciar la
provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el
Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca por la presente Resolución podrá ser solicitado por
los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.
Segunda.
Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura
en el Anexo II, al Sr. Subsecretario de Educación y Formación Profesional, dentro del
plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y las presentarán en el Registro del
Ministerio de Educación y Formación Profesional (Los Madrazo, 15, Madrid) o en la
forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercera.
Además de los datos personales, número de registro personal y último destino definitivo
obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su currículum vitae en el que harán
constar:

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del
mismo, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14.1 Segunda de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y
con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la
ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 4 de mayo de 2021.–El Subsecretario de Educación y Formación
Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.

cve: BOE-A-2021-8049
Verificable en https://www.boe.es

a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime el aspirante
oportuno poner de manifiesto.