III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2021-8095)
Resolución de 4 de mayo de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se someten a información pública las Normas Técnicas de Auditoría, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros" e "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58280

características son factores de riesgo inherente. Los factores de riesgo inherente pueden afectar a la
susceptibilidad de las afirmaciones a incorrección al influir en la probabilidad de que exista una incorrección o
en la magnitud de la posible incorrección si existe. El conocimiento del modo en que los factores de riesgo
inherente afectan a la susceptibilidad de las afirmaciones a incorrección puede facilitar al auditor un
conocimiento preliminar de la probabilidad o magnitud de las incorrecciones, lo que ayuda al auditor a
identificar los riesgos de incorrección material en las afirmaciones de conformidad con el apartado 28(b). El
conocimiento del grado en que los factores de riesgo inherente afectan a la susceptibilidad de las afirmaciones
a incorrección también ayuda al auditor en la valoración de la probabilidad y la magnitud de una posible
incorrección cuando valora el riesgo inherente de conformidad con el apartado 31(a). En consecuencia, el
conocimiento de los factores de riesgo inherente también puede ayudar al auditor en el diseño y aplicación de
los procedimientos posteriores de auditoría de conformidad con la NIA 330.
A86. La identificación por el auditor de los riesgos de incorrección material en las afirmaciones y la valoración del
riesgo inherente también pueden verse influidas por evidencia de auditoría obtenida por él en la aplicación de
otros procedimientos de valoración del riesgo, de procedimientos posteriores de auditoría o en el cumplimiento
de otros requerimientos de las NIA (véanse los apartados A95, A103, A111, A121, A124 y A151).
El efecto de los factores de riesgo inherente sobre un tipo de transacción, saldo contable o información a revelar
A87. El grado de susceptibilidad de incorrección de un tipo de transacciones, saldo contable o información a revelar
originada por la complejidad o la subjetividad, a menudo, está estrechamente vinculado al grado en el que está
sujeto a cambios o incertidumbre.
Ejemplo:
Si la entidad tiene una estimación contable basada en hipótesis cuya selección está sujeta a juicio
significativo, es probable que la medición de la estimación contable esté afectada tanto por subjetividad
como por incertidumbre.
A88. Cuanto mayor sea el grado de susceptibilidad de incorrección material de un tipo de transacciones, saldo
contable o información a revelar debida a complejidad o subjetividad, mayor será la necesidad del auditor de
aplicar escepticismo profesional. Además, cuando un tipo de transacciones, saldo contable o información a
revelar es susceptible de incorrección debido a complejidad, subjetividad, cambio o incertidumbre, estos
factores de riesgo inherente pueden crear oportunidades para el sesgo de la dirección, intencionado o no, y
afectar a la susceptibilidad de incorrección debida a sesgo de la dirección. La identificación por el auditor de
los riesgos de incorrección material y la valoración del riesgo inherente en las afirmaciones también pueden
verse afectadas por las interrelaciones entre los factores de riesgo inherente.

cve: BOE-A-2021-8095
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A89. Hechos o condiciones que pueden afectar a la susceptibilidad de incorrección debida a sesgo de la dirección
también pueden afectar a la susceptibilidad de incorrección debida a otros factores de riesgo de fraude. En
consecuencia, esta puede ser información relevante para su uso de conformidad con el apartado 24 de la NIA
240, que requiere que el auditor evalúe si la información obtenida mediante otros procedimientos de valoración
del riesgo y actividades relacionadas indica la presencia de uno o varios factores de riesgo de fraude.