III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-8007)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva para los años 2020 y 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Viernes 14 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8007

Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector laboral de
restauración colectiva para los años 2020 y 2021.

Visto el texto del Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración
colectiva para los años 2020 y 2021 (código de convenio n.º: 99100165012016), que fue
suscrito, con fecha 30 de diciembre de 2020, de una parte por la organización
empresarial Food Services España (antigua FEADRS), en representación de las
empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales Federación Estatal de
Trabajadores de Servicios, Movilidad y Consumo de la UGT (FeSMC-UGT) y Federación
de Servicios de CC.OO., en representación de los trabajadores del sector, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de abril de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE RESTAURACIÓN COLECTIVA (2020-21)
CAPÍTULO I
Disposiciones generales

Son partes firmantes del convenio de una parte la Food Service España (antigua
FEADRS) y de otra la Federación Estatal de Servicios de Comisiones Obreras
(Servicios-CCOO) y la Federación Estatal de Servicios Movilidad y Consumo de la Unión
General de Trabajadores (FeSMC-UGT); que cuentan con legitimación inicial, plena y
decisoria de conformidad con lo establecido en el Título III del Estatuto de los
Trabajadores para la firma del presente convenio colectivo de eficacia general.
Artículo 2.

Ámbito funcional.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 59.1 del Acuerdo Laboral de ámbito Estatal
del sector de Hostelería (ALEH) el ámbito de aplicación funcional será el de las
empresas y trabajadores/as del sector de Restauración Colectiva. Se entiende por
servicio de restauración colectiva, aquel que realizado por una empresa interpuesta entre

cve: BOE-A-2021-8007
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Partes firmantes.