III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-8016)
Orden APA/469/2021, de 30 de abril, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de hortalizas al aire libre, de ciclo otoño-invierno, en la Península y en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Viernes 14 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 57732

III.4 Haba verde (Cont.)
Área II (Cont.)
Finalización periodo
de suscripción

Provincias/comarcas

Resto del ámbito no incluido
en el Área I.

30 de noviembre.

Riesgo de helada
cubierto

Elegible: Helada (*).

Fecha límite
de garantías (1)

30 de junio.

(1) Las fechas se corresponden con el año siguiente a la contratación.
(*) Si se elige el riesgo de helada, deberá ser para todas las parcelas del cultivo de haba verde que
componen la explotación.
Para el riesgo de helada, en las provincias del área II, se cubrirán los daños que se pudieran producir por
la pérdida total de la planta, exclusivamente durante el periodo que transcurre entre el 1 de noviembre hasta
el 15 de marzo; y los daños en cantidad y calidad, sobre todas las producciones asegurables, durante el resto
del periodo de garantía.

III.5 Patata
III.5.1 Ciclos de cultivo
Ciclo Cultivo

Periodo de Siembra

Ultra temprana. Del 1 de julio al 30 de septiembre.
Extra temprana. Del 1 de octubre 14 de diciembre.
Temprana.

Del 15 de diciembre al 28 de febrero.

Media Estación. Del 1 de marzo al 31 de mayo.
Tardía.

Del 1 de junio al 30 de junio.

De Siembra.

Del 1 de marzo al 30 de junio.

Para la no nascencia se cubre la reposición del cultivo, siempre y cuando se haya efectuado la plantación
con patata de siembra certificada.

III.5.2 Helada y límites de garantías
Ciclo Cultivo

Riesgo de helada cubierto Fecha límite de garantías

Ultra temprana.

Sí (1)

28 de febrero.

Extra temprana.

Sí (1)

30 de abril.

Temprana.

Sí (1)

30 de junio.

Media Estación.



31 de octubre.

Tardía.

No

30 de noviembre.

De Siembra.

No

30 de noviembre.

cve: BOE-A-2021-8016
Verificable en https://www.boe.es

(1) Está cubierto el riesgo de helada en el ámbito especificado en el punto III.5.3.