III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-8016)
Orden APA/469/2021, de 30 de abril, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de hortalizas al aire libre, de ciclo otoño-invierno, en la Península y en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Viernes 14 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 57727

Área III

Comunidad autónoma

Comunidad Foral de
Navarra.

Provincia

Navarra.

La Rioja.

La Rioja.

Aragón.

Comarca /términos municipales

Riesgo de
helada
cubierto

La Ribera.



Media (t.m. de Falces, Larraga y Miranda de Arga).



Rioja Baja: (t.m. de Aldeanueva de Ebro, Alfaro, Arnedo,
Autol, Calahorra, Igea, Pradejón, Quel y Rincón de
Soto ).



Rioja Media: (t.m. de Agoncillo, Albelda de Iregua,
Arrubal, Lardero y Logroño).



Borja: t.m. de Tarazona.



Finalización periodo Fecha límite de
suscripción
Garantías (1)

31 octubre.

Zaragoza. Ejea de los Caballeros: t.m. Ejea de los Caballeros.



Zaragoza: (t.m. de Cadrete y Zaragoza).



30 junio.

En esta área III, y para el riesgo de helada, en el cultivo de alcachofa se cubren exclusivamente los daños
en cantidad desde el inicio de las garantías hasta el 30 de noviembre; desde el 1 de diciembre al 15 de febrero
se cubren exclusivamente los daños que se pudieran producir en la producción por la muerte de la planta y los
daños en cantidad y calidad desde el 15 de febrero hasta el fin de las garantías establecido en el momento de
la recolección y, en su defecto, a partir del momento en que sobrepase su madurez comercial, y en todo caso
en la fecha límite del 30 de junio del año siguiente.
(1) Las fechas se corresponden con el año siguiente a la contratación.

III.2 Ajete
Ciclos de cultivo y duración máxima de garantías
Provincia

Todo el ámbito.

Riesgo de
helada
cubierto

Ciclo de
cultivo

No

Fecha de siembra

Duración máxima
de garantías

1

1 de junio al 31 de agosto.

4 meses.

2

1 de septiembre al 30 de
noviembre.

4,5 meses.

3

1 de diciembre al 28 de febrero.

5 meses.

4

1 de marzo al 31 de mayo.

4,5 meses.

III.3 Guisante Verde

(1)
(2)

Fecha de siembra

1

Antes del 31 de diciembre (1).

2

Después del 31 de diciembre (2).

Para la provincia de Murcia será el 15 de noviembre
Para la provincia de Murcia será el 16 de noviembre

cve: BOE-A-2021-8016
Verificable en https://www.boe.es

Ciclo de cultivo