IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-23638)
VALENCIA
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Núm. 114

Jueves 13 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 30642

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

23638

VALENCIA

Edicto
Doña Helena Agustí Pons, Letrada de la Administración de Justicia, del
Juzgado de Primera Instancia número 29 de Valencia, de conformidad con lo
previsto en los artículos 28 y 35 del texto refundido de la Ley Concursal, por el
presente,
Hago Saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado 000975/2020,
habiéndose dictado en fecha 27 de abril de 2021 por la Ilustrísima Señora
Magistrada Juez María José Peiró Aspurz Auto número 223/2021 de conclusión de
concurso voluntario de acreedores de José Miguel Ortega Muñoz y NIF número
24329815R, y el archivo de las actuaciones.
Que se ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de disposición
y administración de la concursada hasta ahora subsistentes, así como el cese de la
Administración concursal designada.
Que se ha concedido al deudor el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho, que se extenderá a la totalidad de los créditos insatisfechos.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general
conocimiento, sin perjuicio de que conforme al artículo 492 del Texto Refundido de
la Ley Concursal cualquier acreedor concursal estará legitimado para solicitar del
Juez del concurso la revocación de la concesión del beneficio de exoneración del
pasivo insatisfecho si dentro de los cinco días siguientes a su concesión se
constatase que el deudor ha ocultado la existencia de bienes o derechos o de
ingresos, salvo que fueran inembargables según la Ley 1/2000 de 7 de enero de
Enjuiciamiento Civil.
Valencia a, 28 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia,
Helena Agustí Pons.

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