IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-23712)
SANTA CRUZ DE TENERIFE
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Jueves 13 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

23712

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Edicto
Doña María del Coro Valencia Reyes, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife,
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000058/21,
seguido a instancias de la Procuradora doña Lidia Lucas Sánchez, en nombre y
representación de la entidad Industrias Arico 2015, S.L., con CIF n.º B76676204,
se ha dictado auto en fecha 30-03-2021, así como auto aclaración de fecha 27-042021, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
"Parte dispositiva:
Primero. Se declara la competencia territorial de este juzgado para conocer del
concurso solicitado por el procurador de los tribunales Dña. Lidia Lucas Sánchez,
en nombre y representación de Industrias Arico, S.L., con CIF n.º B76676204.
Segundo. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor
Industrias Arico 2015, S.L,. con CIF n.º B76676204 y domicilio en Industrial Las
Eras-Arico Alto Arico.
Tercero. Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa
activa y el archivo de las actuaciones.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense
los mandamientos a los registros (entre ellos el mercantil), los que contendrán
testimonio de la presente resolución, a fin de proceder al cierre de su hoja de
inscripción, despachos que se entregarán al Procurador de la parte solicitante del
concurso para que cuiden de su diligenciado.
Cuarto. Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el Boletín Oficial
del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo
gratuita dicha publicación, conforme a los previsto en el artículo 35 del TRLC, en el
tablón de anuncios del Juzgado y en el registro público concursal.

Modo de impugnación. Contra la conclusión del concurso cabe, por quien
acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la audiencia provincial de, que
no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este juzgado
dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación
(471 TRLC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso.
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50
euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá
consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este
juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.º
LOPJ) Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el
apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la
asistencia jurídica gratuita.

cve: BOE-B-2021-23712
Verificable en https://www.boe.es

Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y
forma de personarse en él.