III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-7948)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ribadavia, para la financiación, ejecución y entrega de las obras "Proyecto de renovación de canalizaciones en la zona de San Cristovo de Ribadavia" (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Jueves 13 de mayo de 2021

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2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el Convenio hasta su terminación
definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al ayuntamiento, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de entrega para
que éste asuma su mantenimiento y conservación.
5. Poner a disposición del ayuntamiento lo construido, de modo que cumplan las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
6. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía no cubrirá los desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los
debidos a actos vandálicos, ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como
tampoco las que sean consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de
nivel de las aguas.
Novena.

Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Ribadavia.

Le corresponderán al Ayuntamiento de Ribadavia las siguientes obligaciones y
facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente Convenio.
2. El mantenimiento y conservación de las obras objeto de este Convenio, a partir
del día siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de la
cláusula séptima, convirtiéndose a todos los efectos, en el único responsable de la
infraestructura construida, asumiendo los derechos, obligaciones y cargas inherentes a
dicho mantenimiento y conservación.
3. Obtener todos los permisos y autorizaciones que, en su caso, sean necesarios
para la ejecución de las obras.
4. La aprobación del proyecto constructivo de forma que sustituya al otorgamiento
de la licencia municipal, en caso de que ésta resultara necesaria.
5. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes.
El Ayuntamiento de Ribadavia queda autorizado, a partir de la entrega de lo
construido, a utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución.

Los terrenos que pudieran ser necesarios para la ejecución de la actuación serán
puestos a disposición del Organismo de cuenca por el Ayuntamiento de Ribadavia.
Una vez aprobado definitivamente el proyecto por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., ésta requerirá al ayuntamiento la acreditación de la
puesta a disposición de los terrenos en el plazo que a tal efecto se le indique.
El incumplimiento de tal requerimiento facultará a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A. para declarar extinguido el Convenio, de conformidad con lo establecido
en la cláusula segunda, de lo que, en su caso, informará a la corporación local.
La puesta a disposición de los terrenos se materializará mediante certificado del
Secretario Municipal en el que se refleje la disponibilidad de los mismos por parte del
ayuntamiento.
En todo caso deberán identificarse las parcelas disponibles mediante su referencia
catastral.

cve: BOE-A-2021-7948
Verificable en https://www.boe.es

Décima. Puesta a disposición de los terrenos.