IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-23628)
OVIEDO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114
Jueves 13 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 30632
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
23628
OVIEDO
DÑA. María Oliva Leiva González, la Letrado de la Administración de Justicia
del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Oviedo,
Hago saber:
Que en el concurso consecutivo 1091/2019 se ha dictado Auto de fecha 24 de
marzo de 2021 por el que se ha declarado concluso el concurso de D. Eugenio
Molero Blanco (NIF: 35.049.066-X), por insuficiencia de la masa activa y se
aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administradora Concursal.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno
(art. 481.1 de la LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de
administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento,
salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Oviedo, 26 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, María
Oliva Leiva González.
cve: BOE-B-2021-23628
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210030278-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 114
Jueves 13 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 30632
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
23628
OVIEDO
DÑA. María Oliva Leiva González, la Letrado de la Administración de Justicia
del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Oviedo,
Hago saber:
Que en el concurso consecutivo 1091/2019 se ha dictado Auto de fecha 24 de
marzo de 2021 por el que se ha declarado concluso el concurso de D. Eugenio
Molero Blanco (NIF: 35.049.066-X), por insuficiencia de la masa activa y se
aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administradora Concursal.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno
(art. 481.1 de la LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de
administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento,
salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Oviedo, 26 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, María
Oliva Leiva González.
cve: BOE-B-2021-23628
Verificable en https://www.boe.es
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