V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE-B-2021-23738)
Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Valencia (Unidad de Patrimonio del Estado), en relación con expedientes de venta directa de inmuebles patrimoniales de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Jueves 13 de mayo de 2021

Sec. V-A. Pág. 30768

C) Se considera de aplicación a esta enajenación lo establecido en el artículo
136.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, por cuanto el adjudicatario adquirente manifiesta
conocer las circunstancias concurrentes en el caso y en relación con lo que
anteriormente se refiere, asumiendo todos los riesgos y consecuencias que
pudieran derivarse de dichas circunstancias, manteniendo indemne a la parte
vendedora de cualesquiera contingencias, de cualquier naturaleza, bien sea legal,
urbanística o de cualquier otro tipo que puedan producirse por actos u omisiones
anteriores a la fecha de formalización del documento de venta, y en particular, de
cualquier circunstancia que impida a la parte compradora la inscripción de su
derecho en el Registro de la Propiedad.
D) La Administración General del Estado, en tanto que vendedora, se reserva
la posibilidad de repercutir al comprador la parte proporcional del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al período resultante desde la fecha de
entrega del respectivo inmueble a su comprador hasta el final del año natural en
que la misma se produzca. Dicha parte proporcional podrá exigirse al comprador
una vez que el IBI correspondiente al año de entrega del inmueble a su adquirente
haya sido efectivamente abonado por la Administración vendedora.
Al escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda que
anteriormente se refiere, deberá acompañarse resguardo de la Caja General de
Depósitos o alguna de sus sucursales, acreditativo de haber constituido a
disposición del Delegado de Economía y Hacienda de Valencia un depósito por
importe equivalente al 5 por ciento del precio de tasación, si aún no lo ha hecho.
Transcurrido el día 15 de julio de 2021 sin que conste a dicha Delegación la
manifestación por escrito interesando la compra del inmueble estatal y en los
términos anteriormente señalados, se considerará decaído el derecho que, en su
caso, alguien pudiera atribuirse en el procedimiento.
Valencia, 10 de mayo de 2021.- El Delegado de Economía y Hacienda, Gabriel
A. Luis Vaquero.

cve: BOE-B-2021-23738
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X