II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2021-7867)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Miércoles 12 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 56855

Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3.2.2

Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo):

‒ Pertenecer como personal laboral fijo al grupo y especialidad 2G-ADMINISTRACIÓN
del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del
Estado.
‒ También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y desarrollando tareas de gestión de recursos humanos, gestión
económica o gestión administrativa.
‒ Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 2G-ADMINISTRACIÓN del IV
Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del
Estado vigente.
‒ También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios
efectivos durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido
no fijo) en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando las funciones que se señalan en el apartado precedente de esta misma
base.
3.3 Situación de embarazo de riesgo o parto. Si alguna de las aspirantes no pudiera
completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente
acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal
correspondiente y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
4.

Tribunal

5.

Solicitudes

5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado Decimocuarto
de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.

cve: BOE-A-2021-7867
Verificable en https://www.boe.es

El Tribunal calificador de estos procesos selectivos es el que figura en el anexo III a
esta Resolución.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es.