II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Destinos. (BOE-A-2021-7855)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, por la que se resuelve el concurso de traslados, convocado por Resolución de 5 de noviembre de 2020, en el Instituto de Medicina Legal de Galicia.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Miércoles 12 de mayo de 2021

Sec. II.A. Pág. 56828

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
7855

Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Justicia, de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, por la que se resuelve el
concurso de traslados, convocado por Resolución de 5 de noviembre de
2020, en el Instituto de Medicina Legal de Galicia.

De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del Reglamento de
ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario
al servicio de la Administración de justicia, aprobado por el Real decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, así como en la Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección
General de Justicia, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de
puestos de trabajo genéricos vacantes en el Instituto de Medicina Legal de Galicia para
el cuerpo de médicos forenses, esta dirección general acuerda:
Primero.
Resolver el concurso de traslados adjudicando el puesto identificado en el anexo I a
la funcionaria de carrera perteneciente al cuerpo de médicos forenses, igualmente
identificada en dicho anexo.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos relacionados en el anexo II.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de localidad de la persona funcionaria, de ocho días hábiles si implica
cambio de localidad dentro de la comunidad autónoma y de veinte días hábiles si implica
cambio de comunidad autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será un mes tanto si el puesto de trabajo es el de origen como si es el de destino.
Cuando la persona adjudicataria de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso
en el servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles.
Por lo que respecta a los funcionarios que estén desempeñando un puesto de trabajo
en comisión de servicio, a efectos de plazos posesorios se entenderá por localidad de
funcionario aquella en la que esté prestando servicios efectivamente.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Quienes se encuentren desempeñando una comisión de servicio no será necesario
que se desplacen al órgano de origen que tengan reservado para formalizar el cese,
pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión; para ello, la
Administración hará llegar los documentos al órgano en el que el concursante se
encuentre desempeñando la comisión.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo desde las situaciones de
excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, de excedencia
voluntaria por interés particular, de excedencia voluntaria por agrupación familiar o de

cve: BOE-A-2021-7855
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.