III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Indultos. (BOE-A-2021-7874)
Real Decreto 334/2021, de 11 de mayo, por el que se indulta a don Luis Miguel Fernández García.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Miércoles 12 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 56885
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7874
Real Decreto 334/2021, de 11 de mayo, por el que se indulta a don Luis
Miguel Fernández García.
Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Fernández García, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña, en sentencia de 19 de octubre de 2018,
como autor de un delito de hurto a la pena de ocho meses de prisión, con la accesoria de
inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 2016, en el que se han considerado los
informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a
las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado
expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia,
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2021,
Vengo en indultar a don Luis Miguel Fernández García la pena privativa de libertad
impuesta, a condición de que cumpla el programa de deshabituación de alcohol y drogas
que se recomiende por la Unidad de Atención de su lugar de residencia durante el plazo
de dos años, y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la
publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de mayo de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
cve: BOE-A-2021-7874
Verificable en https://www.boe.es
JUAN CARLOS CAMPO MORENO
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 113
Miércoles 12 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 56885
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7874
Real Decreto 334/2021, de 11 de mayo, por el que se indulta a don Luis
Miguel Fernández García.
Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Fernández García, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña, en sentencia de 19 de octubre de 2018,
como autor de un delito de hurto a la pena de ocho meses de prisión, con la accesoria de
inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 2016, en el que se han considerado los
informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a
las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado
expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia,
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2021,
Vengo en indultar a don Luis Miguel Fernández García la pena privativa de libertad
impuesta, a condición de que cumpla el programa de deshabituación de alcohol y drogas
que se recomiende por la Unidad de Atención de su lugar de residencia durante el plazo
de dos años, y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la
publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de mayo de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
cve: BOE-A-2021-7874
Verificable en https://www.boe.es
JUAN CARLOS CAMPO MORENO
https://www.boe.es
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