II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE JUSTICIA. Destinos. (BOE-A-2021-7847)
Orden JUS/457/2021, de 19 de abril, por la que se resuelve el concurso, convocado por Orden JUS/1157/2020, de 5 de noviembre, en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Miércoles 12 de mayo de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE JUSTICIA
7847

Orden JUS/457/2021, de 19 de abril, por la que se resuelve el concurso,
convocado por Orden JUS/1157/2020, de 5 de noviembre, en los Institutos de
Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología
y Ciencias Forenses.

De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y en la Orden JUS/1157/2020, de 5 de
noviembre, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en
los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses, este Ministerio acuerda:
Primero.
Resolver el concurso de traslado adjudicando los puestos convocados a los
funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses que se
relacionan en el Anexo I.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos relacionados en el Anexo II.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de localidad del funcionario, ocho días hábiles si implica cambio de
localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de
Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será un mes tanto si el puesto de trabajo es el de origen como si es el de destino.
Cuando el adjudicatario de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el
servicio activo el plazo será de veinte días hábiles.
Para los funcionarios que estén desempeñando un puesto de trabajo en comisión de
servicio, a efectos de plazos posesorios, se entenderá por localidad del funcionario
aquella en la que estén prestando servicios efectivamente.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Quienes se encuentren desempeñando una comisión de servicio no será necesario
que se desplacen al órgano de origen que tengan reservado para formalizar el cese,
pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión; para ello, la
Administración hará llegar los documentos al órgano en el que el concursante se
encuentre desempeñando la comisión.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo desde las situaciones de
excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia
voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o

cve: BOE-A-2021-7847
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Tercero.