IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-23524)
MÁLAGA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Miércoles 12 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 30419
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
23524
MÁLAGA
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 35 del TRLC,
Anuncia:
1.º-Que en el procedimiento n.º 449/2021 (NIG 2906742120210014341) por
auto de fecha 27/04/21 se ha declarado en concurso consecutivo voluntario a la
deudora doña Ana Isabel Mateo Navarro, con NIF 09056456E, domicilio en
Estepona (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. En
dicha resolución se acuerda asimismo la apertura de la fase de liquidación.
2.º-Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las
mismas a la administración concursal.
3.º-Que la administración concursal la integra D. Ismael Argenta Rojas,
provisto de DNI 32043681N; español, mayor de edad, con vecindad civil común,
vecino de Sevilla, domicilio profesional en Sevilla, Plaza Nueva, n.º 13, 1-5, CP
41001; telef.: 610399668; profesión: Economista y con dirección de correo
electrónico ismael.argenta@gmail.com que designa a los efectos de comunicación
de créditos.
4.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se
formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el
crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la
administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio
designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el
juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante
el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha
y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el
siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se
ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
6.º.-Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los
efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 6 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José
María Casasola Díaz.
ID: A210029715-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-23524
Verificable en https://www.boe.es
5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán
personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.
Núm. 113
Miércoles 12 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 30419
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
23524
MÁLAGA
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 35 del TRLC,
Anuncia:
1.º-Que en el procedimiento n.º 449/2021 (NIG 2906742120210014341) por
auto de fecha 27/04/21 se ha declarado en concurso consecutivo voluntario a la
deudora doña Ana Isabel Mateo Navarro, con NIF 09056456E, domicilio en
Estepona (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. En
dicha resolución se acuerda asimismo la apertura de la fase de liquidación.
2.º-Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las
mismas a la administración concursal.
3.º-Que la administración concursal la integra D. Ismael Argenta Rojas,
provisto de DNI 32043681N; español, mayor de edad, con vecindad civil común,
vecino de Sevilla, domicilio profesional en Sevilla, Plaza Nueva, n.º 13, 1-5, CP
41001; telef.: 610399668; profesión: Economista y con dirección de correo
electrónico ismael.argenta@gmail.com que designa a los efectos de comunicación
de créditos.
4.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se
formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el
crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la
administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio
designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el
juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante
el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha
y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el
siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se
ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
6.º.-Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los
efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 6 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José
María Casasola Díaz.
ID: A210029715-1
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-23524
Verificable en https://www.boe.es
5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán
personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.