V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2021-23437)
Resolución del Departamento de Empresa y Conocimiento, Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera EMC/ /2021, de 23 de abril, por la que se otorga la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto ejecutivo de construcción de la red de gas natural para la conexión a la planta de tratamientos de purines, en el término municipal de Les Masies de Voltregà (exp. DICT17-00016950-2018).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de mayo de 2021

Sec. V-B. Pág. 30326

informes, manifiesta que antes de iniciar las obras se realizarán los contactos con
las empresas de servicios que puedan verse afectadas durante la ejecución de las
obras.
Visto que en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 8236,
de 29.9.2020, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 256, de 26.9.2020, y en
los diarios El Punt Avui y El País de 25.9.2020, se publicó el Anuncio de
información pública sobre la autorización administrativa, la declaración de utilidad
pública y la aprobación del proyecto ejecutivo de construcción de la red de gas
natural para la conexión en la planta de tratamientos de purines, en el término
municipal de Les Masies de Voltregà (exp. DICT17-00016950-2018);
Visto que el Anuncio de información pública mencionado en el párrafo anterior
fue remitido al Ayuntamiento de Les Masies de Voltregà y al Ayuntamiento de
Gurb, para su exposición en el respectivo tablón de anuncios de cada
Ayuntamiento, y que también fue remitido a cada uno de los propietarios y titulares
de los bienes afectados que se relacionan en ese Anuncio;
Visto que como consecuencia de la publicación del Anuncio de información
pública mencionado anteriormente la empresa Bergada Consulting, S.L., titular de
la finca 5-MV, presentó una alegación en la que manifestaba que era titular de la
finca 5-MV con referencia catastral 08116A014000040001KK y
08116A014000040000JJ, y de la finca 10-MV, con referencia catastral
08116A012000180000JJ, y ponía en conocimiento que el trazado de la tubería
puede afectar numerosas infraestructuras de servicios ya existentes en las fincas
por donde se pretende hacer pasar dicha tubería; y visto que finalmente solicita
que "…se tenga por presentado este escrito y por realizadas las alegaciones en él
contenidas, y que se nos comuniquen las actuaciones que esta Administración
adoptará en relación con la existencia de la red de aguas residuales del polígono
que van a la depuradora de Manlleu, y se nos notifique cualquier actuación que se
realice respecto de la misma.";
Vistas las alegaciones presentadas por la empresa Bergada Consulting, S.L.,
referente a la titularidad; teniendo en cuenta que según consta en el catastro la
titularidad de la finca 5-MV de referencia catastral 08116A014000040000JJ, y de la
finca 10-MV de referencia catastral 08116A012000180000JJ corresponde a los
herederos de Carlos Caldero Saderra; y vista la información facilitada por Nedgia
Catalunya, S.A., sobre la existencia de una escritura de aceptación de herencia;
Vistas las alegaciones presentadas por la empresa Bergada Consulting, S.L.,
referentes a la afectación de las infraestructuras de servicios y actuaciones en
relación con la existencia de la red de aguas del polígono que van a la depuradora
de Manlleu; considerando el informe emitido por el Consejo Comarcal de Osona,
que concluye que puede haber afectación del tubo de impulsión de agua residual
en alta del sistema de saneamiento de Manlleu en el ámbito del proyecto ejecutivo
de construcción de la red de gas natural para la conexión en la planta de
tratamientos de purines, en el término municipal de Les Masies de Voltregà; y
teniendo en cuenta el escrito con las manifestaciones de Nedgia Catalunya, SA, al
informe emitido por el Consejo Comarcal de Osona, donde se indica que antes de
iniciar las obras se realizarán los contactos con las empresas de servicios que
puedan verse afectadas durante la ejecución de las obras;
Dado que el artículo 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos (BOE núm. 241, de 8.10.1998), establece que están sujetos a
autorización administrativa la construcción, modificación, explotación y cierre de las

cve: BOE-B-2021-23437
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Núm. 112