III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-7826)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Martes 11 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 56651

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
7826

Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda,
para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de
Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 24 de febrero de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda para la incorporación de los
Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de
Violencia de Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 6 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento de Sanlúcar de
Barrameda para la Incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de
Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género»
Madrid, 24 de febrero de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Víctor Mora Escobar, Alcalde del Ayuntamiento de Sanlúcar de
Barrameda (Cádiz) (en adelante, el Ayuntamiento), nombrado por el Pleno Municipal en
sesión constitutiva de este Ayuntamiento de fecha 15/06/2019, actuando en nombre y
representación del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio
a los efectos del presente Convenio en Cuesta de Belén s/n, Sanlúcar de Barrameda,
11540 Cádiz.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva

cve: BOE-A-2021-7826
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