II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2021-7787)
Resolución 42/2021, de 18 de febrero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Debagoiena, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Sección Sanitaria de Hospitalización a Domicilio.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56531
II.2.2 Formación continuada especialidad (máximo, 3 puntos).
Por la asistencia a cada curso relacionado con la especialidad del puesto de que se
trate de duración:
– De 20 a 30 horas: 0,2000 puntos.
– De 31 a 50 horas: 0,3000 puntos.
– De 51 a 100 horas: 0,4000 puntos.
– De 101 a 200 horas: 0,5000 puntos.
– De más de 200 horas: 1,2500 puntos.
Se valorarán los cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales,
Universidades, Instituciones Sanitarias, y en su caso, Colegios Profesionales y
Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los
Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre
que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.
II.2.3 Formación postgrado (máximo, 5 puntos).
– Doctor: 3 puntos.
– Doctor cum laude: 4 puntos.
– Master Postgrado: 2 puntos.
– Experto/Especialista universitario: 1 punto.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 1 punto.
– Curso de Doctorado, por cada sobresaliente o matrícula de honor en cursos de
doctorado (máximo de 10 cursos): 0,1000 puntos.
No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la
obtención del título de Doctor, Doctor cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma
de estudios avanzados.
II.2.4 Actividad científica (máximo, 3 puntos).
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias,
comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con la especialidad de
que se trate:
– Por cada Ponencia regional: 0,2500 puntos.
– Por cada Ponencia nacional: 1,000 punto.
– Por cada Ponencia internacional: 1,500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,1500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,6000 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster internacional: 1,0000 puntos.
– Por cada Mesa redonda regional: 0,2000 puntos.
– Por cada Mesa redonda nacional: 0,7500 puntos.
– Por cada Mesa redonda internacional: 1,2500 puntos.
– Por cada Publicación (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada Publicación (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por cada libro (primer autor): 2 puntos.
– Por cada libro (otros autores): 1 punto.
– Por cada capítulo (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada capítulo (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por tesina: 1,5000 puntos.
cve: BOE-A-2021-7787
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56531
II.2.2 Formación continuada especialidad (máximo, 3 puntos).
Por la asistencia a cada curso relacionado con la especialidad del puesto de que se
trate de duración:
– De 20 a 30 horas: 0,2000 puntos.
– De 31 a 50 horas: 0,3000 puntos.
– De 51 a 100 horas: 0,4000 puntos.
– De 101 a 200 horas: 0,5000 puntos.
– De más de 200 horas: 1,2500 puntos.
Se valorarán los cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales,
Universidades, Instituciones Sanitarias, y en su caso, Colegios Profesionales y
Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los
Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre
que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.
II.2.3 Formación postgrado (máximo, 5 puntos).
– Doctor: 3 puntos.
– Doctor cum laude: 4 puntos.
– Master Postgrado: 2 puntos.
– Experto/Especialista universitario: 1 punto.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 1 punto.
– Curso de Doctorado, por cada sobresaliente o matrícula de honor en cursos de
doctorado (máximo de 10 cursos): 0,1000 puntos.
No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la
obtención del título de Doctor, Doctor cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma
de estudios avanzados.
II.2.4 Actividad científica (máximo, 3 puntos).
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias,
comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con la especialidad de
que se trate:
– Por cada Ponencia regional: 0,2500 puntos.
– Por cada Ponencia nacional: 1,000 punto.
– Por cada Ponencia internacional: 1,500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,1500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,6000 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster internacional: 1,0000 puntos.
– Por cada Mesa redonda regional: 0,2000 puntos.
– Por cada Mesa redonda nacional: 0,7500 puntos.
– Por cada Mesa redonda internacional: 1,2500 puntos.
– Por cada Publicación (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada Publicación (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por cada libro (primer autor): 2 puntos.
– Por cada libro (otros autores): 1 punto.
– Por cada capítulo (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada capítulo (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por tesina: 1,5000 puntos.
cve: BOE-A-2021-7787
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112