II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2021-7789)
Resolución 383/2021, de 22 de febrero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Araba, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitaria de Nefrología (Área Atención Ambulatoria).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56547
Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los
Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre
que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.
II.2.3
Formación postgrado (máximo, 5 puntos).
– Doctor: 3 puntos.
– Doctor cum laude: 4 puntos.
– Máster Postgrado: 2 puntos.
– Experto/Especialista universitario: 1 punto.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 1 punto.
– Curso de Doctorado, por cada sobresaliente o matrícula de honor en cursos de
doctorado (máximo de 10 cursos): 0,1000 puntos.
No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la
obtención del título de Doctor, Doctor cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma
de estudios avanzados.
II.2.4 Actividad científica (máximo, 3 puntos).
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias,
comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con la especialidad de
que se trate:
– Por cada Ponencia regional: 0,2500 puntos.
– Por cada Ponencia nacional: 1,000 punto.
– Por cada Ponencia internacional: 1,500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,1500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,6000 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster internacional: 1,0000 puntos.
– Por cada Mesa redonda regional: 0,2000 puntos.
– Por cada Mesa redonda nacional: 0,7500 puntos.
– Por cada Mesa redonda internacional: 1,2500 puntos.
– Por cada Publicación (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada Publicación (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por cada libro (primer autor): 2 puntos.
– Por cada libro (otros autores): 1 punto.
– Por cada capítulo (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada capítulo (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por tesina: 1,5000 puntos.
Actividad docente (máximo, 3 puntos).
– Catedrático de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por año):
1,0000 punto.
– Profesor titular de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,5000 puntos.
– Profesor asociado de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,2500 puntos.
– Tutor acreditado para la docencia de residentes de la especialidad de que se trate
(por año): 0,5000 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.
III.
Conocimientos de euskera (máximo, 6 puntos).
Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de
normalización del uso del euskera en Osakidetza, y en sus normas de desarrollo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-7789
Verificable en https://www.boe.es
II.2.5
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56547
Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los
Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre
que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.
II.2.3
Formación postgrado (máximo, 5 puntos).
– Doctor: 3 puntos.
– Doctor cum laude: 4 puntos.
– Máster Postgrado: 2 puntos.
– Experto/Especialista universitario: 1 punto.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 1 punto.
– Curso de Doctorado, por cada sobresaliente o matrícula de honor en cursos de
doctorado (máximo de 10 cursos): 0,1000 puntos.
No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la
obtención del título de Doctor, Doctor cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma
de estudios avanzados.
II.2.4 Actividad científica (máximo, 3 puntos).
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias,
comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con la especialidad de
que se trate:
– Por cada Ponencia regional: 0,2500 puntos.
– Por cada Ponencia nacional: 1,000 punto.
– Por cada Ponencia internacional: 1,500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,1500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,6000 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster internacional: 1,0000 puntos.
– Por cada Mesa redonda regional: 0,2000 puntos.
– Por cada Mesa redonda nacional: 0,7500 puntos.
– Por cada Mesa redonda internacional: 1,2500 puntos.
– Por cada Publicación (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada Publicación (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por cada libro (primer autor): 2 puntos.
– Por cada libro (otros autores): 1 punto.
– Por cada capítulo (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada capítulo (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por tesina: 1,5000 puntos.
Actividad docente (máximo, 3 puntos).
– Catedrático de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por año):
1,0000 punto.
– Profesor titular de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,5000 puntos.
– Profesor asociado de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,2500 puntos.
– Tutor acreditado para la docencia de residentes de la especialidad de que se trate
(por año): 0,5000 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.
III.
Conocimientos de euskera (máximo, 6 puntos).
Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de
normalización del uso del euskera en Osakidetza, y en sus normas de desarrollo.
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II.2.5