II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2021-7786)
Resolución 14/2021, de 11 de enero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Araba, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitaria de Cardiología (Área Arritmias y Estimulación Cardiaca).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56524
II.2.3 Formación postgrado (máximo, 5 puntos).
– Doctor: 3 puntos.
– Doctor cum laude: 4 puntos.
– Master Postgrado: 2 puntos.
– Experto/Especialista universitario: 1 punto.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 1 punto.
– Curso de Doctorado, por cada sobresaliente o matrícula de honor en cursos de
doctorado (máximo de 10 cursos): 0,1000 puntos.
No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la
obtención del título de Doctor, Doctor cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma
de estudios avanzados.
II.2.4 Actividad científica (máximo, 3 puntos).
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias,
comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con la especialidad de
que se trate:
– Por cada Ponencia regional: 0,2500 puntos.
– Por cada Ponencia nacional: 1,000 punto.
– Por cada Ponencia internacional: 1,500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,1500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,6000 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster internacional: 1,0000 puntos.
– Por cada Mesa redonda regional: 0,2000 puntos.
– Por cada Mesa redonda nacional: 0,7500 puntos.
– Por cada Mesa redonda internacional: 1,2500 puntos.
– Por cada Publicación (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada Publicación (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por cada libro (primer autor): 2 puntos.
– Por cada libro (otros autores): 1 punto.
– Por cada capítulo (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada capítulo (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por tesina: 1,5000 puntos.
II.2.5
Actividad docente (máximo, 3 puntos).
III
Conocimientos de euskera (máximo, 6 puntos).
Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de
normalización del uso del euskera en Osakidetza, y en sus normas de desarrollo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-7786
Verificable en https://www.boe.es
– Catedrático de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por año):
1,0000 punto.
– Profesor titular de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,5000 puntos.
– Profesor asociado de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,2500 puntos.
– Tutor acreditado para la docencia de residentes de la especialidad de que se trate
(por año): 0,5000 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56524
II.2.3 Formación postgrado (máximo, 5 puntos).
– Doctor: 3 puntos.
– Doctor cum laude: 4 puntos.
– Master Postgrado: 2 puntos.
– Experto/Especialista universitario: 1 punto.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 1 punto.
– Curso de Doctorado, por cada sobresaliente o matrícula de honor en cursos de
doctorado (máximo de 10 cursos): 0,1000 puntos.
No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la
obtención del título de Doctor, Doctor cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma
de estudios avanzados.
II.2.4 Actividad científica (máximo, 3 puntos).
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias,
comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con la especialidad de
que se trate:
– Por cada Ponencia regional: 0,2500 puntos.
– Por cada Ponencia nacional: 1,000 punto.
– Por cada Ponencia internacional: 1,500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,1500 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,6000 puntos.
– Por cada Comunicación oral/Póster internacional: 1,0000 puntos.
– Por cada Mesa redonda regional: 0,2000 puntos.
– Por cada Mesa redonda nacional: 0,7500 puntos.
– Por cada Mesa redonda internacional: 1,2500 puntos.
– Por cada Publicación (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada Publicación (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por cada libro (primer autor): 2 puntos.
– Por cada libro (otros autores): 1 punto.
– Por cada capítulo (primer autor): 1,0000 punto.
– Por cada capítulo (otros autores): 0,5000 puntos.
– Por tesina: 1,5000 puntos.
II.2.5
Actividad docente (máximo, 3 puntos).
III
Conocimientos de euskera (máximo, 6 puntos).
Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de
normalización del uso del euskera en Osakidetza, y en sus normas de desarrollo.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-7786
Verificable en https://www.boe.es
– Catedrático de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por año):
1,0000 punto.
– Profesor titular de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,5000 puntos.
– Profesor asociado de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,2500 puntos.
– Tutor acreditado para la docencia de residentes de la especialidad de que se trate
(por año): 0,5000 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.