II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2021-7786)
Resolución 14/2021, de 11 de enero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Araba, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitaria de Cardiología (Área Arritmias y Estimulación Cardiaca).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56519
La documentación deberá tener la siguiente forma:
– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.
– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o,
en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.
– Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
– Certificación original actualizada de los servicios prestados, con expresión de la
categoría a la fecha de publicación de esta Resolución de Convocatoria en el BOPV.
– Memoria-Proyecto de Gestión de la Sección cuya cobertura se pretende.
– Fotocopia compulsada de todos los documentos que acrediten los méritos
valorables.
No será preciso acreditar en la forma indicada previamente aquéllos extremos que
consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV de
Osakidetza, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud.
4.
Relación provisional de personas admitidas y excluidas.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección Gerencia de la
Organización Sanitaria Integrada Araba, mediante Resolución, hará pública, en la página
web de Osakidetza, la relación provisional de personas admitidas y excluidas al proceso,
con indicación de la causa de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de la precitada Resolución, para la
presentación de reclamación a la misma.
Si la causa de exclusión lo fuere por un defecto subsanable, mediante la publicación
de la relación provisional se requerirá a las personas interesadas para que en el plazo de
diez días hábiles subsanaren las deficiencias observadas o acompañaren los
documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieren se acordará su
exclusión definitiva del proceso.
Transcurrido el plazo de reclamaciones y/o subsanación de solicitudes, la Dirección
Gerencia publicará mediante resolución, en los mismos lugares indicados en el párrafo
anterior, la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso,
junto con la composición de la Comisión de Valoración. Contra la citada Resolución
cabrá interponer Recurso de alzada ante la Dirección General del Ente Público en el
plazo de un mes desde su publicación en la página web. Asimismo, esta Resolución será
notificada a los candidatos del proceso.
La Comisión de Valoración estará presidida generalmente por el Director/a Médico, e
integrada por el/la Subdirector/a Médico o Jefe de Servicio Corporativo de la Dirección
General de Osakidetza, el/la Director/a de Personas (que actuará como Secretario/a con
voz y voto), y en caso de no ser posible con otros cargos de la organización. Todos ellos
deberán reunir la condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral
fijo del mismo nivel de titulación que el puesto convocado.
Asimismo, integrarán la comisión tres vocales, uno de ellos designado por el IVAP,
que deberán ostentar la titulación y la especialidad exigida a los candidatos, reunir la
condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo y ostentar
puesto funcional de igual o superior rango jerárquico al convocado.
Por cada miembro titular de la Comisión se nombrará un suplente que actuará en
ausencia del anterior y deberá reunir los requisitos establecidos para los miembros
titulares. En el caso de ser necesario podrá ser designado como miembro del Tribunal su
equivalente de cualquier otra organización de servicios de Osakidetza.
cve: BOE-A-2021-7786
Verificable en https://www.boe.es
5. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas, y la composición de la
Comisión de Valoración.
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 56519
La documentación deberá tener la siguiente forma:
– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.
– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o,
en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.
– Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
– Certificación original actualizada de los servicios prestados, con expresión de la
categoría a la fecha de publicación de esta Resolución de Convocatoria en el BOPV.
– Memoria-Proyecto de Gestión de la Sección cuya cobertura se pretende.
– Fotocopia compulsada de todos los documentos que acrediten los méritos
valorables.
No será preciso acreditar en la forma indicada previamente aquéllos extremos que
consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV de
Osakidetza, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud.
4.
Relación provisional de personas admitidas y excluidas.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección Gerencia de la
Organización Sanitaria Integrada Araba, mediante Resolución, hará pública, en la página
web de Osakidetza, la relación provisional de personas admitidas y excluidas al proceso,
con indicación de la causa de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de la precitada Resolución, para la
presentación de reclamación a la misma.
Si la causa de exclusión lo fuere por un defecto subsanable, mediante la publicación
de la relación provisional se requerirá a las personas interesadas para que en el plazo de
diez días hábiles subsanaren las deficiencias observadas o acompañaren los
documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieren se acordará su
exclusión definitiva del proceso.
Transcurrido el plazo de reclamaciones y/o subsanación de solicitudes, la Dirección
Gerencia publicará mediante resolución, en los mismos lugares indicados en el párrafo
anterior, la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso,
junto con la composición de la Comisión de Valoración. Contra la citada Resolución
cabrá interponer Recurso de alzada ante la Dirección General del Ente Público en el
plazo de un mes desde su publicación en la página web. Asimismo, esta Resolución será
notificada a los candidatos del proceso.
La Comisión de Valoración estará presidida generalmente por el Director/a Médico, e
integrada por el/la Subdirector/a Médico o Jefe de Servicio Corporativo de la Dirección
General de Osakidetza, el/la Director/a de Personas (que actuará como Secretario/a con
voz y voto), y en caso de no ser posible con otros cargos de la organización. Todos ellos
deberán reunir la condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral
fijo del mismo nivel de titulación que el puesto convocado.
Asimismo, integrarán la comisión tres vocales, uno de ellos designado por el IVAP,
que deberán ostentar la titulación y la especialidad exigida a los candidatos, reunir la
condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo y ostentar
puesto funcional de igual o superior rango jerárquico al convocado.
Por cada miembro titular de la Comisión se nombrará un suplente que actuará en
ausencia del anterior y deberá reunir los requisitos establecidos para los miembros
titulares. En el caso de ser necesario podrá ser designado como miembro del Tribunal su
equivalente de cualquier otra organización de servicios de Osakidetza.
cve: BOE-A-2021-7786
Verificable en https://www.boe.es
5. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas, y la composición de la
Comisión de Valoración.