IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-23166)
ARGANDA DEL REY
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 29967
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
23166
ARGANDA DEL REY
Edicto
Doña Concepción Pinel Saez, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 8 de Arganda del Rey,
Hago saber:
Que en el procedimiento concursal número 563/2019 en el que figura como
concursado José Luis Corrales Corrales, con DNI51327756J, se ha dictado auto
de fecha de 23 de febrero de 2021 que declara concluso el concurso y acuerda el
archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran
quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y de disposición
del deudor y el cese de la administración concursal.
Así mismo, se ha concedido al deudor el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho de manera provisional de las deudas objeto de este procedimiento, así
adquiere la obligación contenida el plan de pagos adjuntado como documento n,° l
del escrito de fecha 13 de noviembre de 2020, todo ello sin perjuicio de poder
revocar este beneficio de exoneración de deudas en los casos del art 492 TRLC.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Arganda del Rey, 22 de abril de 2021.- Letrada de la Administarción de
Justicia, Concepción Pinel Saez.
cve: BOE-B-2021-23166
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210029535-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 29967
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
23166
ARGANDA DEL REY
Edicto
Doña Concepción Pinel Saez, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 8 de Arganda del Rey,
Hago saber:
Que en el procedimiento concursal número 563/2019 en el que figura como
concursado José Luis Corrales Corrales, con DNI51327756J, se ha dictado auto
de fecha de 23 de febrero de 2021 que declara concluso el concurso y acuerda el
archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran
quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y de disposición
del deudor y el cese de la administración concursal.
Así mismo, se ha concedido al deudor el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho de manera provisional de las deudas objeto de este procedimiento, así
adquiere la obligación contenida el plan de pagos adjuntado como documento n,° l
del escrito de fecha 13 de noviembre de 2020, todo ello sin perjuicio de poder
revocar este beneficio de exoneración de deudas en los casos del art 492 TRLC.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Arganda del Rey, 22 de abril de 2021.- Letrada de la Administarción de
Justicia, Concepción Pinel Saez.
cve: BOE-B-2021-23166
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210029535-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X