III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-7756)
Resolución de 4 de mayo de 2021, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Innvierte Economía Sostenible, SICC, S.M.E., SA, para la contratación del asesoramiento contable y fiscal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
5.
Sec. III. Pág. 56419
Asesoramiento en la cumplimentación de las distintas obligaciones formales.
Asesoramiento en la cumplimentación de las distintas obligaciones formales en
materia contable frente a terceros (Tribunal de Cuentas, IGAE, etc.) tanto para CDTI
como Grupo.
6.
Resolución de consultas.
Resolución de consultas contables vía telefónica, correo electrónico o presencial
cuando la situación lo requiera, que se plateen a lo largo del periodo de vigencia del
contrato.
(ii)
Fiscal:
1.
Planificación Fiscal.
Asesoramiento en la gestión de la actividad económica del CDTI y su Grupo, en
materia fiscal.
Asesoramiento en el diseño, desde un punto de vista fiscal, de la gestión económica
de instrumentos o proyectos de ámbito nacional y europeo.
Planificación fiscal tendente al establecimiento de una correcta y adecuada política
fiscal, en aras de la aplicación más ventajosa de la ley y la reducción de posibles riesgos.
Actualización de los procedimientos tributarios seguidos por el CDTI mediante
comunicaciones proactivas de las distintas novedades legislativas, remitiendo boletines
de información periódica de novedades en materia fiscal con carácter mensual. En el
caso de que la transcendencia o el impacto sobre el CDTI de la nueva medida o
normativa lo requiera, se remitirá un boletín extraordinario.
2. Asesoramiento y confección de la declaración / liquidación de impuestos y otras
obligaciones formales.
Asesoramiento y elaboración de declaraciones fiscales a que este obligado el CDTI y
revisión previa a su presentación; así como su presentación cuando el CDTI lo requiera.
Asesoramiento en la cumplimentación de las distintas obligaciones formales en
materia fiscal.
3.
Asistencia en las actuaciones presenciales ante la autoridad tributaria.
Asistencia, en colaboración con el CDTI, ante posibles requerimientos de la AEAT.
Asimismo, se podrá delegar la representación del CDTI ante eventuales Inspecciones
Fiscales.
4. Asistencia en relación con los escritos y notificaciones que tuviera que realizar
CDTI ante la Administración Tributaria.
Se prestará asistencia al CDTI en los escritos y notificaciones que tenga que
presentar ante las Administraciones Tributarias.
Preparación de la contestación de requerimientos de las autoridades tributarias.
Se prepararán y enviarán las contestaciones a los requerimientos recibidos, previo
visto bueno del CDTI.
6.
Resolución de consultas fiscales.
Resolución de consultas relativas a los impuestos, en relación con las actividades
propias del CDTI y grupo y en general, de consultas sobre dudas en relación con el
tratamiento fiscal de su actividad.
cve: BOE-A-2021-7756
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
5.
Sec. III. Pág. 56419
Asesoramiento en la cumplimentación de las distintas obligaciones formales.
Asesoramiento en la cumplimentación de las distintas obligaciones formales en
materia contable frente a terceros (Tribunal de Cuentas, IGAE, etc.) tanto para CDTI
como Grupo.
6.
Resolución de consultas.
Resolución de consultas contables vía telefónica, correo electrónico o presencial
cuando la situación lo requiera, que se plateen a lo largo del periodo de vigencia del
contrato.
(ii)
Fiscal:
1.
Planificación Fiscal.
Asesoramiento en la gestión de la actividad económica del CDTI y su Grupo, en
materia fiscal.
Asesoramiento en el diseño, desde un punto de vista fiscal, de la gestión económica
de instrumentos o proyectos de ámbito nacional y europeo.
Planificación fiscal tendente al establecimiento de una correcta y adecuada política
fiscal, en aras de la aplicación más ventajosa de la ley y la reducción de posibles riesgos.
Actualización de los procedimientos tributarios seguidos por el CDTI mediante
comunicaciones proactivas de las distintas novedades legislativas, remitiendo boletines
de información periódica de novedades en materia fiscal con carácter mensual. En el
caso de que la transcendencia o el impacto sobre el CDTI de la nueva medida o
normativa lo requiera, se remitirá un boletín extraordinario.
2. Asesoramiento y confección de la declaración / liquidación de impuestos y otras
obligaciones formales.
Asesoramiento y elaboración de declaraciones fiscales a que este obligado el CDTI y
revisión previa a su presentación; así como su presentación cuando el CDTI lo requiera.
Asesoramiento en la cumplimentación de las distintas obligaciones formales en
materia fiscal.
3.
Asistencia en las actuaciones presenciales ante la autoridad tributaria.
Asistencia, en colaboración con el CDTI, ante posibles requerimientos de la AEAT.
Asimismo, se podrá delegar la representación del CDTI ante eventuales Inspecciones
Fiscales.
4. Asistencia en relación con los escritos y notificaciones que tuviera que realizar
CDTI ante la Administración Tributaria.
Se prestará asistencia al CDTI en los escritos y notificaciones que tenga que
presentar ante las Administraciones Tributarias.
Preparación de la contestación de requerimientos de las autoridades tributarias.
Se prepararán y enviarán las contestaciones a los requerimientos recibidos, previo
visto bueno del CDTI.
6.
Resolución de consultas fiscales.
Resolución de consultas relativas a los impuestos, en relación con las actividades
propias del CDTI y grupo y en general, de consultas sobre dudas en relación con el
tratamiento fiscal de su actividad.
cve: BOE-A-2021-7756
Verificable en https://www.boe.es
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