IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-23032)
LOGROÑO
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 29774
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
23032
LOGROÑO
Edicto
Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia,
del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el
presente,
Hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º 400/2021, NIG
26036 41 1 2020 0001285, Sección I Declaración Concurso Consecutivo
Voluntario, se ha dictado en fecha 27 de abril de 2021 auto declarando en
concurso al deudor Don Andrés Sola Ruiz, con NIF 72780921C, y domicilio en
Alfaro (La Rioja), calle Nuestra Señora del Burgo, n.º 32.
2.º-Se ha acordado la suspensión del ejercicio de las facultades de
administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituida en
dicho ejercicio por la administración concursal, y la apertura de la fase de
liquidación concursal que conlleva el vencimiento anticipado de los créditos
concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en
otras prestaciones.
3.º-Se ha designado, como administración concursal al Abogado Don Santiago
José Palacios Pinillos, con domicilio profesional en Logroño, calle Gran Vía, n.º 54,
entreplanta izquierda, CP 26002, y dirección electrónica santiago@aserges.es
para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la
dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes
a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del
Estado.
5.º-Se tiene por aportado el informe por la AC Los acreedores del deudor
podrán impugnar en el plazo diez días el inventario y la lista de acreedores (art.
713 TRLC. Las impugnaciones, de producirse, se tramitarán con arreglo a lo
establecido en el artículo 713.3 TRLC.
7.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el
Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es
Logroño, 5 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
María Asunción González Elías.
ID: A210029090-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-23032
Verificable en https://www.boe.es
6º.- Se tiene por aportado por la AC la propuesta del Plan de Liquidación. El
deudor y los acreedores dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular
alegaciones sobre el plan de liquidación. Los acreedores también podrán solicitar,
mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación concursal o
formular observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para
acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 29774
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
23032
LOGROÑO
Edicto
Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia,
del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el
presente,
Hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º 400/2021, NIG
26036 41 1 2020 0001285, Sección I Declaración Concurso Consecutivo
Voluntario, se ha dictado en fecha 27 de abril de 2021 auto declarando en
concurso al deudor Don Andrés Sola Ruiz, con NIF 72780921C, y domicilio en
Alfaro (La Rioja), calle Nuestra Señora del Burgo, n.º 32.
2.º-Se ha acordado la suspensión del ejercicio de las facultades de
administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituida en
dicho ejercicio por la administración concursal, y la apertura de la fase de
liquidación concursal que conlleva el vencimiento anticipado de los créditos
concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en
otras prestaciones.
3.º-Se ha designado, como administración concursal al Abogado Don Santiago
José Palacios Pinillos, con domicilio profesional en Logroño, calle Gran Vía, n.º 54,
entreplanta izquierda, CP 26002, y dirección electrónica santiago@aserges.es
para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la
dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes
a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del
Estado.
5.º-Se tiene por aportado el informe por la AC Los acreedores del deudor
podrán impugnar en el plazo diez días el inventario y la lista de acreedores (art.
713 TRLC. Las impugnaciones, de producirse, se tramitarán con arreglo a lo
establecido en el artículo 713.3 TRLC.
7.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el
Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es
Logroño, 5 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
María Asunción González Elías.
ID: A210029090-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-23032
Verificable en https://www.boe.es
6º.- Se tiene por aportado por la AC la propuesta del Plan de Liquidación. El
deudor y los acreedores dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular
alegaciones sobre el plan de liquidación. Los acreedores también podrán solicitar,
mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación concursal o
formular observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para
acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.