II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7578)
Resolución 452/38148/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las Escalas de Oficiales y Escalas Técnicas de los Cuerpos de Ingenieros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 54943

siguiendo las instrucciones del apéndice 2. El acceso a la plataforma de inscripción
puede
hacerse
desde
la
misma
dirección
de
solicitud
(https://
sede.defensa.gob.es/acceda -Procedimientos, Procesos Selectivos-) o, directamente,
a través de la dirección (https://ips.redsara.es).
En cualquier caso, aun cuando esté exento o tenga derecho a reducción, deberá
tramitar el correspondiente Modelo 790.
No abonar la tasa de los derechos de examen antes de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes determinará la exclusión definitiva del aspirante.
Para la devolución de ingresos indebidos de la tasa, cuando sea el caso, se actuará
como se indica en el punto 3 del apéndice 2.
1.1.3

Declaración de preferencias de ingreso. Apéndice 3.

Los aspirantes que deseen participar en más de un proceso de selección, derivado
de la aplicación del Real Decreto 324/2021, de 4 de mayo, deberán cumplimentar la
declaración de preferencias de ingreso. Una copia de este apéndice deberá ser
adjuntada en todas las solicitudes de participación a los procesos de selección.
Las preferencias manifestadas en el apéndice 3 para esta convocatoria solo se
podrán modificar dentro del plazo de presentación de la solicitud de admisión al proceso
de selección, mediante instancia por escrito al Director General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar, consignando su nombre, apellidos y NIF, resolución de las
convocatorias cuyo apéndice 3 se modifica, lugar, fecha y firma, junto con el nuevo
ejemplar de dicho documento.
En el caso de que la persona interesada tenga derecho a obtener plaza en varios
procesos de selección, y haya declarado diferentes preferencias de ingreso en distintos
apéndices 3, tendrá validez el orden de preferencia manifestado en el ejemplar
presentado en el último proceso de selección en el que haya solicitado participar.
Titulación exigida.

La Secretaría de procesos de selección de la Subdirección General de
Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial
Disponibilidad consultará, a través de la plataforma de intermediación, los títulos
universitarios recogidos en el registro del Ministerio de Educación y Formación
Profesional que posee la persona interesada en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
Si no autoriza dicha consulta, deberá aportar copia auténtica del documento original
oficial y definitivo que acredite la titulación exigida, o documento que acredite haber
cumplido los trámites legales para su expedición (pago de tasas de expedición del título).
El sello o acreditación de las copias expresará la fecha en que se practicó, así como la
identificación del órgano y de la persona que las expiden.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acreditar su
homologación oficial y definitiva, no aceptando procedimientos pendientes de resolución,
obtenida esta mediante credencial expedida por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, o
conforme a los procedimientos de homologación de la normativa previa al Real Decreto.
En el caso de las titulaciones de Máster en Ingeniería de Armas Navales y Máster en
Ingeniería Naval y Oceánica, el plazo de presentación de la titulación será hasta el 20
de julio.
1.1.5

Requisitos adicionales.

Además de lo anterior, los militares profesionales también deberán tener en cuenta lo
siguiente:
– Deberán aportar el certificado del Jefe de UCO de destino/dependencia
(apéndice 4) con el resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de

cve: BOE-A-2021-7578
Verificable en https://www.boe.es

1.1.4