II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7576)
Resolución 452/38146/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54851
Para efectuar su presentación en el centro docente militar de formación, al personal
de procedencia militar le será proporcionado un título de viaje por su UCO de destino o
dependencia. Datos Administrativos:
– Ejército de Tierra. Les será de aplicación la indemnización por traslado del art. 23.1
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Autoridad delegada: ET 217 DIRPER.
Código de Actividad: Indemnización por traslado.
– Armada. Código de Operación PZZ 001. N.º CIS cargo cupo ALPER 850001/21.
– Ejército del Aire. Código de la comisión: F201-7-01.
Al hacer su presentación, aquéllos que previamente no tuvieran la condición militar
firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas. Posteriormente serán
nombrados alumnos por el Director del centro docente militar de formación
correspondiente, quedando matriculados como alumnos en la universidad de
adscripción.
Los nombrados alumnos que previamente tuvieran un empleo militar, cesarán en su
destino de origen en la fecha de ingreso, siendo destinados con carácter forzoso al
centro docente militar de formación correspondiente, conservando los derechos
administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dichos centros
permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo, excepto para aquellos
aspirantes que fueran miembros de la Guardia Civil, que pasarán a la situación de
excedencia por acceso directo como alumnos de los centros docentes de formación de la
Guardia Civil o de las Fuerzas Armadas. Al integrarse o adscribirse en una nueva escala
causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo que tuvieran en la
escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo de servicios que
tuvieran cumplido.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa» la lista de los nombrados alumnos.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del Personal
del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de Personal, cuya
finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del Ministerio de
Defensa, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos, la gestión y
control de salidas de información, la elaboración de estadísticas, y la gestión del Plan de
Pensiones de la AGE en el ámbito del departamento. Asimismo, los datos necesarios para
la correcta confección de la nómina, serán incorporados al Fichero de Gestión de Nómina
del Personal del Ministerio de Defensa, (MONPER), responsabilidad de la Subdirección
General de Servicios Económicos y Pagadurías, cuya finalidad es la gestión y
administración de la nómina del personal civil y militar del Ministerio de Defensa.
La destinataria de los datos es la Dirección General de Personal en el fichero de
SIPERDEF y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías en el
fichero de MONPER quienes, en cumplimiento del principio de calidad de sus datos,
conservarán la información consignada con la finalidad descrita, no teniendo previsto
realizar cesiones a terceros distintas de las previstas por Ley u orden ministerial.
La persona interesada podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión,
limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, en los términos establecidos en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y normativa concordante ante la Subdirección General de Planificación y
Costes de Recursos Humanos, la Subdirección General de Servicios Económicos y
Pagadurías o el Delegado de Protección de Datos del Ministerio de Defensa, según
corresponda la responsabilidad de cada fichero, ubicados en el Ministerio de Defensa,
Paseo de la Castellana número 109 (28071) Madrid.
Podrá revocar el consentimiento otorgado, sin efectos retroactivos, cuando acredite
causa justificada, a través de solicitud por escrito ante la Subdirección General de
Planificación y Costes de Recursos Humanos o la Subdirección General de Servicios
Económicos y Pagadurías.
cve: BOE-A-2021-7576
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54851
Para efectuar su presentación en el centro docente militar de formación, al personal
de procedencia militar le será proporcionado un título de viaje por su UCO de destino o
dependencia. Datos Administrativos:
– Ejército de Tierra. Les será de aplicación la indemnización por traslado del art. 23.1
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Autoridad delegada: ET 217 DIRPER.
Código de Actividad: Indemnización por traslado.
– Armada. Código de Operación PZZ 001. N.º CIS cargo cupo ALPER 850001/21.
– Ejército del Aire. Código de la comisión: F201-7-01.
Al hacer su presentación, aquéllos que previamente no tuvieran la condición militar
firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas. Posteriormente serán
nombrados alumnos por el Director del centro docente militar de formación
correspondiente, quedando matriculados como alumnos en la universidad de
adscripción.
Los nombrados alumnos que previamente tuvieran un empleo militar, cesarán en su
destino de origen en la fecha de ingreso, siendo destinados con carácter forzoso al
centro docente militar de formación correspondiente, conservando los derechos
administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dichos centros
permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo, excepto para aquellos
aspirantes que fueran miembros de la Guardia Civil, que pasarán a la situación de
excedencia por acceso directo como alumnos de los centros docentes de formación de la
Guardia Civil o de las Fuerzas Armadas. Al integrarse o adscribirse en una nueva escala
causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo que tuvieran en la
escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo de servicios que
tuvieran cumplido.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa» la lista de los nombrados alumnos.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del Personal
del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de Personal, cuya
finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del Ministerio de
Defensa, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos, la gestión y
control de salidas de información, la elaboración de estadísticas, y la gestión del Plan de
Pensiones de la AGE en el ámbito del departamento. Asimismo, los datos necesarios para
la correcta confección de la nómina, serán incorporados al Fichero de Gestión de Nómina
del Personal del Ministerio de Defensa, (MONPER), responsabilidad de la Subdirección
General de Servicios Económicos y Pagadurías, cuya finalidad es la gestión y
administración de la nómina del personal civil y militar del Ministerio de Defensa.
La destinataria de los datos es la Dirección General de Personal en el fichero de
SIPERDEF y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías en el
fichero de MONPER quienes, en cumplimiento del principio de calidad de sus datos,
conservarán la información consignada con la finalidad descrita, no teniendo previsto
realizar cesiones a terceros distintas de las previstas por Ley u orden ministerial.
La persona interesada podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión,
limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, en los términos establecidos en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y normativa concordante ante la Subdirección General de Planificación y
Costes de Recursos Humanos, la Subdirección General de Servicios Económicos y
Pagadurías o el Delegado de Protección de Datos del Ministerio de Defensa, según
corresponda la responsabilidad de cada fichero, ubicados en el Ministerio de Defensa,
Paseo de la Castellana número 109 (28071) Madrid.
Podrá revocar el consentimiento otorgado, sin efectos retroactivos, cuando acredite
causa justificada, a través de solicitud por escrito ante la Subdirección General de
Planificación y Costes de Recursos Humanos o la Subdirección General de Servicios
Económicos y Pagadurías.
cve: BOE-A-2021-7576
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109