II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7575)
Resolución 452/381451/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 54794

Los aspirantes podrán ejercitar sus derechos de protección de datos en los términos
establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos, ante la Subdirección
General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de
Especial Disponibilidad –Área de Procesos de Selección–, paseo de la Castellana 109,
28071 Madrid. Igualmente, pueden ejercitarse estos derechos ante el Delegado de
Protección de Datos del Ministerio de Defensa en la dirección: Ministerio de Defensa, 7.ª
planta, paseo de la Castellana, número 109, 28071 Madrid.
1.1.2 Liquidación de tasas de derechos de examen. Apéndice 2. En ningún caso la
presentación del documento de liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790), el abono de la tasa o el registro electrónico obtenido a través de esta
plataforma supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de admisión a través de la sede electrónica del Ministerio de Defensa que se
establece en el punto 1.1.1 de esta base. El modelo 790 no es la solicitud de admisión a
los procesos de selección, sino que complementa a esta al justificar el abono de los
derechos de examen.
El aspirante deberá acceder a la plataforma de inscripción de pruebas selectivas
(IPS) única y exclusivamente para proceder a la liquidación de derechos de examen,
siguiendo las instrucciones del apéndice 2. El acceso a la plataforma de inscripción
puede
hacerse
desde
la
misma
dirección
de
solicitud
(https://
sede.defensa.gob.es/acceda -Procedimientos, Procesos Selectivos-) o, directamente, a
través de la dirección (https://ips.redsara.es).
En cualquier caso, aun cuando esté exento o tenga derecho a reducción, deberá
tramitar el correspondiente Modelo 790.
No abonar la tasa de los derechos de examen antes de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes determinará la exclusión definitiva del aspirante.
Para la devolución de ingresos indebidos de la tasa, cuando sea el caso, se actuará
como se indica en el punto 3 del Apéndice 2.
1.1.3 Declaración de preferencias de ingreso. Apéndice 3. Los aspirantes que
deseen participar en más de un proceso de selección, derivado de la aplicación del Real
Decreto 324/2021, de 4 de mayo, deberán cumplimentar la declaración de preferencias
de ingreso. Una copia de este apéndice deberá ser adjuntada en todas las solicitudes de
participación a procesos de selección.
Las preferencias manifestadas en el Apéndice 3 para esta convocatoria solo se
podrán modificar dentro del plazo de presentación de la solicitud de admisión al proceso
de selección, mediante instancia por escrito al Director General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar, consignando su nombre, apellidos y NIF, resolución de las
convocatorias cuyo Apéndice 3 se modifica, lugar, fecha y firma, junto con el nuevo
ejemplar de dicho documento.
En el caso de que la persona interesada tenga derecho a obtener plaza en varios
procesos de selección, y haya declarado diferentes preferencias de ingreso en distintos
Apéndices 3, tendrá validez el orden de preferencia manifestado en el ejemplar
presentado en el último proceso de selección en el que haya solicitado participar.
1.1.4 Requisitos adicionales:
Militares profesionales:

– Deberán aportar el certificado del Jefe de UCO de destino/dependencia
(apéndice 4) con el resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de
sustancias psicotrópicas o drogas realizadas dentro del período de un año
inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes, según lo
establecido en el II Plan de Detección de Drogas en las Fuerzas Armadas, de febrero
de 2010, de la Subsecretaría de Defensa.
– La Secretaría de procesos comprobará, a través del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF), si tiene anotadas, con carácter firme en vía
administrativa, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.

cve: BOE-A-2021-7575
Verificable en https://www.boe.es

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