II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7575)
Resolución 452/381451/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

1.1.2

Sec. II.B. Pág. 54791

Requisitos específicos:

1.1.2.1 Procesos de selección para ingreso directo. Carecer de inserciones o
tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la
imagen de las Fuerzas Armadas.
1.1.2.2 Procesos de selección para ingreso por promoción:
a) Encontrarse en la situación de servicio activo o de excedencia por razón de
violencia de género.
b) No superar el número máximo de tres convocatorias ordinarias y dos
extraordinarias, en un mismo proceso de selección, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 15.4.a) del Reglamento.
c) Haber cumplido los siguientes tiempos de servicio en su escala, en la fecha de
incorporación al centro docente militar de formación correspondiente, manteniendo hasta
la misma las condiciones habilitantes que le dan derecho sobre las plazas a las que opta:
– Oficiales enfermeros: Dos (2) años desde su incorporación a la escala de oficiales
enfermeros.
– Suboficiales: un (1) año, contado desde su incorporación a la escala de
suboficiales.
– Militares de tropa y marinería: un (1) año, contado desde su incorporación a la
escala de tropa o marinería.
d) El personal militar que tenga establecida su relación de servicios profesionales
mediante compromisos de carácter temporal, deberá tenerlo en vigor en la fecha de
incorporación al centro docente militar de formación.
e) Estar en posesión de un perfil en el idioma inglés con un grado de conocimiento
de al menos 1 (uno) en todos los rasgos que lo conforman, obtenido en las condiciones
establecidas en la Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre, y en la normativa que
la desarrolla.
Los aspirantes que no posean el perfil lingüístico citado, deberán realizar y superar la
prueba de lengua inglesa descrita en la base décima 2.1. Si tras realizar la prueba no
superasen la puntuación mínima, quedarán excluidos del proceso de selección por no
cumplir el requisito de nivel lingüístico.
1.2 El día 8 de julio. Requisitos académicos. Haber superado una de las siguientes
pruebas, o bien tener acreditada la correspondiente titulación, en función del proceso de
selección para el que solicite ser admitido:
1.2.1

Ingreso directo:

– Prueba de acceso a la universidad (PAU), establecida en el artículo 38 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
– Evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad (EvAU), conforme
a lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 3/2020, de 29
de diciembre.
Ingreso por promoción:

– Prueba de acceso a la universidad (PAU), establecida en el artículo 38 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
– Evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad (EvAU), conforme
a lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 3/2020, de 29
de diciembre.
– Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años a la que hace
referencia el artículo 69.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

cve: BOE-A-2021-7575
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1.2.2