II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7574)
Resolución 452/381450/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54749
La solicitud de participación lleva consigo la declaración jurada de que los aspirantes
cumplen con los requisitos c), d), e) y f) expresados en el punto 1.1. de la base segunda.
El Ministerio de Defensa solicitará de oficio al Registro Central de Penados la
certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. Si
opta por oponerse a ello, deberá aportar junto con la documentación de solicitud el
certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el Registro Central de
Penados, cuya fecha de expedición deberá ser posterior a la fecha de publicación de la
presente convocatoria.
Igualmente, si los aspirantes sin vinculación profesional con las Fuerzas Armadas no
autorizan la consulta de su acreditación de identidad y datos personales en el Sistema
de Verificación de Datos de Identidad, deberán aportar, junto con la solicitud de
admisión, una copia auténtica (electrónica o en papel) por ambas caras del Documento
Nacional de Identidad o del pasaporte en vigor o, en su caso, fotocopia de la
documentación que acredite su solicitud por extravío u otra circunstancia.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos
facilitados por cada aspirante serán incorporados al Registro de tratamiento de Datos de
Carácter Personal en la actividad: «Selección de Militares de Carrera» de la Dirección
General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, cuya finalidad es gestionar su
participación en el presente proceso de selección.
Los aspirantes podrán ejercitar sus derechos de protección de datos en los términos
establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos, ante la Subdirección
General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de
Especial Disponibilidad -Área de procesos de selección-, Paseo de la Castellana 109,
28071 Madrid. Igualmente pueden ejercitarse estos derechos ante el Delegado de
Protección de Datos del Ministerio de Defensa en la dirección: Ministerio de Defensa, 7.ª
planta, Paseo de la Castellana número 109, 28071 Madrid.
1.1.2 Liquidación de tasas de derechos de examen. Apéndice 2: En ningún caso
la presentación del documento de liquidación de tasas de derecho de examen
(Modelo 790), el abono de la tasa o el registro electrónico obtenido a través de esta
plataforma supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de admisión a través de la sede electrónica del Ministerio de Defensa que se
establece en el punto 1.1.1. de esta base. El Modelo 790 no es la solicitud de admisión a
los procesos de selección, sino que complementa a ésta al justificar el abono de los
derechos de examen.
El aspirante deberá acceder a la plataforma de inscripción de pruebas selectivas
(IPS) única y exclusivamente para proceder a la liquidación de derechos de examen
siguiendo las instrucciones del Apéndice 2. El acceso a la plataforma de inscripción
puede
hacerse
desde
la
misma
dirección
de
solicitud
(https://
sede.defensa.gob.es/acceda -Procedimientos, Procesos Selectivos-) o, directamente, a
través de la dirección (https://ips.redsara.es).
En cualquier caso, aun cuando esté exento o tenga derecho a reducción, deberá
tramitar el correspondiente Modelo 790.
No abonar la tasa de los derechos de examen antes de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes determinará la exclusión definitiva del aspirante.
Para la devolución de ingresos indebidos de la tasa, cuando sea el caso, se actuará
como se indica en el punto 3 del Apéndice 2.
1.1.3 Declaración de preferencias de ingreso. Apéndice 3: Los aspirantes que
deseen participar en más de un proceso de selección, derivado de la aplicación del Real
Decreto 324/2021, de 4 de mayo, deberán cumplimentar la declaración de preferencias
de ingreso. Una copia de este apéndice deberá ser adjuntada en todas las solicitudes de
participación a procesos de selección.
Las preferencias manifestadas en el Apéndice 3 para esta convocatoria solo se
podrán modificar dentro del plazo de presentación de la solicitud de admisión al proceso
de selección, mediante instancia por escrito al Director General de Reclutamiento y
cve: BOE-A-2021-7574
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54749
La solicitud de participación lleva consigo la declaración jurada de que los aspirantes
cumplen con los requisitos c), d), e) y f) expresados en el punto 1.1. de la base segunda.
El Ministerio de Defensa solicitará de oficio al Registro Central de Penados la
certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. Si
opta por oponerse a ello, deberá aportar junto con la documentación de solicitud el
certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el Registro Central de
Penados, cuya fecha de expedición deberá ser posterior a la fecha de publicación de la
presente convocatoria.
Igualmente, si los aspirantes sin vinculación profesional con las Fuerzas Armadas no
autorizan la consulta de su acreditación de identidad y datos personales en el Sistema
de Verificación de Datos de Identidad, deberán aportar, junto con la solicitud de
admisión, una copia auténtica (electrónica o en papel) por ambas caras del Documento
Nacional de Identidad o del pasaporte en vigor o, en su caso, fotocopia de la
documentación que acredite su solicitud por extravío u otra circunstancia.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos
facilitados por cada aspirante serán incorporados al Registro de tratamiento de Datos de
Carácter Personal en la actividad: «Selección de Militares de Carrera» de la Dirección
General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, cuya finalidad es gestionar su
participación en el presente proceso de selección.
Los aspirantes podrán ejercitar sus derechos de protección de datos en los términos
establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos, ante la Subdirección
General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de
Especial Disponibilidad -Área de procesos de selección-, Paseo de la Castellana 109,
28071 Madrid. Igualmente pueden ejercitarse estos derechos ante el Delegado de
Protección de Datos del Ministerio de Defensa en la dirección: Ministerio de Defensa, 7.ª
planta, Paseo de la Castellana número 109, 28071 Madrid.
1.1.2 Liquidación de tasas de derechos de examen. Apéndice 2: En ningún caso
la presentación del documento de liquidación de tasas de derecho de examen
(Modelo 790), el abono de la tasa o el registro electrónico obtenido a través de esta
plataforma supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de admisión a través de la sede electrónica del Ministerio de Defensa que se
establece en el punto 1.1.1. de esta base. El Modelo 790 no es la solicitud de admisión a
los procesos de selección, sino que complementa a ésta al justificar el abono de los
derechos de examen.
El aspirante deberá acceder a la plataforma de inscripción de pruebas selectivas
(IPS) única y exclusivamente para proceder a la liquidación de derechos de examen
siguiendo las instrucciones del Apéndice 2. El acceso a la plataforma de inscripción
puede
hacerse
desde
la
misma
dirección
de
solicitud
(https://
sede.defensa.gob.es/acceda -Procedimientos, Procesos Selectivos-) o, directamente, a
través de la dirección (https://ips.redsara.es).
En cualquier caso, aun cuando esté exento o tenga derecho a reducción, deberá
tramitar el correspondiente Modelo 790.
No abonar la tasa de los derechos de examen antes de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes determinará la exclusión definitiva del aspirante.
Para la devolución de ingresos indebidos de la tasa, cuando sea el caso, se actuará
como se indica en el punto 3 del Apéndice 2.
1.1.3 Declaración de preferencias de ingreso. Apéndice 3: Los aspirantes que
deseen participar en más de un proceso de selección, derivado de la aplicación del Real
Decreto 324/2021, de 4 de mayo, deberán cumplimentar la declaración de preferencias
de ingreso. Una copia de este apéndice deberá ser adjuntada en todas las solicitudes de
participación a procesos de selección.
Las preferencias manifestadas en el Apéndice 3 para esta convocatoria solo se
podrán modificar dentro del plazo de presentación de la solicitud de admisión al proceso
de selección, mediante instancia por escrito al Director General de Reclutamiento y
cve: BOE-A-2021-7574
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109