II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-7572)
Resolución 400/38144/2021, de 4 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 54701

selectivas (IPS) del punto de acceso general: https://ips.redsara.es/IPSC/secure/
buscarConvocatorias.
Para ello, seleccionarán el Cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán
el botón «inscribirse». A continuación, pulsarán en la opción «realice su inscripción on
line» y seguirán las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y
firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar, en su caso, documentos escaneados a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, bien completando o modificando los datos que fueran erróneos, bien adjuntando
a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau.060@correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2
de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el
pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración
General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia del correcto pago de las
tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT
que figurará en el justificante de registro.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «mis
inscripciones».
En aquellos casos en que deba presentarse documentación adicional junto con la
solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases
específicas, ésta deberá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes
que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla en las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el
extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de
examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria, o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria
abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES49 0182 2370
4102 0169 5537 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Defensa. Derechos de examen», siendo preciso que quede claro ante la
entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los
derechos de examen. Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que
sean cursadas en el extranjero.
8.3 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Defensa
(Subdirección General de Personal Civil). El plazo para su presentación será de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión del
aspirante.
8.4 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá

cve: BOE-A-2021-7572
Verificable en https://www.boe.es

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