III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-7643)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publican las cuentas anuales de la Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P., del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
FUNDACIÓN ESTATAL, SALUD, INFANCIA Y BIENESTAR SOCIAL, F.S.P.
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 55417
MEMORIA
EJERCICIO 2019
1º) Actividad de la entidad:
La Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P., anteriormente denominada Fundación
Española para la Cooperación Internacional, Salud y Política Social, F.S.P. con domicilio social en la calle
Sinesio Delgado, número 6 de Madrid, en adelante “La Fundación”, tiene por objeto diseñar, promover y
realizar todas aquellas actividades de colaboración y apoyo a las funciones que la Administración
General del Estado, sus organismos y entidades de derecho público y en particular el Ministerio de
Sanidad, Consumo y Bienestar Social (actualmente denominado Ministerio de Sanidad), lleven a cabo en
el marco de la protección de la salud y la asistencia sanitaria, la cohesión e inclusión social, la familia, la
protección a la infancia, la atención a las personas dependientes o con discapacidad, la promoción de la
igualdad, el consumo y bienestar social, así como la lucha contra toda clase de discriminación, contra la
violencia de género y contra la pobreza infantil, en el ámbito nacional e internacional.
La Fundación propiciará especialmente la colaboración entre entidades implicadas en actividades de
lucha contra la pobreza infantil, tanto de naturaleza jurídica privada como de naturaleza jurídica publica,
diseñando, promoviendo, coordinando o ejecutando actividades destinadas a luchar contra las
desigualdades que afectan a los menores en situación de vulnerabilidad.
La Fundación tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración
General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público, en las materias que constituyen
sus fines, pudiendo asumir encomiendas de gestión para la realización de todas aquellas actividades
previstas en sus fines fundacionales, según vienen reflejados en el artículo 8 de sus estatutos, por parte
de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público. En el
anexo V se incluye un cuadro con el detalle de las actividades en las que se puede comprobar que más
del 80 por ciento han sido confiadas por el poder adjudicador que hace el encargo y que lo controla o que
son controladas del mismo modo por la entidad que hace el encargo.
Constituye el fin específico de la Fundación contribuir al desarrollo y mejora de las condiciones de
vida de las poblaciones, realizando, dando soporte o colaborando en programas y actividades de
investigación, desarrollo de proyectos, formación, consultoría y asistencia técnica, estudiando
necesidades, analizando experiencias y difundiendo buenas prácticas en el ámbito nacional e
internacional en las siguientes materias:
a) Prevención y promoción de la salud y la asistencia sanitaria.
c) Cohesión e inclusión social.
d) Familia y protección a la infancia.
e) Desarrollo educativo.
f) Atención a las personas dependientes o con discapacidad.
g) Promoción de la igualdad.
cve: BOE-A-2021-7643
Verificable en https://www.boe.es
b) Cooperación al desarrollo.
FUNDACIÓN ESTATAL, SALUD, INFANCIA Y BIENESTAR SOCIAL, F.S.P.
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 55417
MEMORIA
EJERCICIO 2019
1º) Actividad de la entidad:
La Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P., anteriormente denominada Fundación
Española para la Cooperación Internacional, Salud y Política Social, F.S.P. con domicilio social en la calle
Sinesio Delgado, número 6 de Madrid, en adelante “La Fundación”, tiene por objeto diseñar, promover y
realizar todas aquellas actividades de colaboración y apoyo a las funciones que la Administración
General del Estado, sus organismos y entidades de derecho público y en particular el Ministerio de
Sanidad, Consumo y Bienestar Social (actualmente denominado Ministerio de Sanidad), lleven a cabo en
el marco de la protección de la salud y la asistencia sanitaria, la cohesión e inclusión social, la familia, la
protección a la infancia, la atención a las personas dependientes o con discapacidad, la promoción de la
igualdad, el consumo y bienestar social, así como la lucha contra toda clase de discriminación, contra la
violencia de género y contra la pobreza infantil, en el ámbito nacional e internacional.
La Fundación propiciará especialmente la colaboración entre entidades implicadas en actividades de
lucha contra la pobreza infantil, tanto de naturaleza jurídica privada como de naturaleza jurídica publica,
diseñando, promoviendo, coordinando o ejecutando actividades destinadas a luchar contra las
desigualdades que afectan a los menores en situación de vulnerabilidad.
La Fundación tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración
General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público, en las materias que constituyen
sus fines, pudiendo asumir encomiendas de gestión para la realización de todas aquellas actividades
previstas en sus fines fundacionales, según vienen reflejados en el artículo 8 de sus estatutos, por parte
de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público. En el
anexo V se incluye un cuadro con el detalle de las actividades en las que se puede comprobar que más
del 80 por ciento han sido confiadas por el poder adjudicador que hace el encargo y que lo controla o que
son controladas del mismo modo por la entidad que hace el encargo.
Constituye el fin específico de la Fundación contribuir al desarrollo y mejora de las condiciones de
vida de las poblaciones, realizando, dando soporte o colaborando en programas y actividades de
investigación, desarrollo de proyectos, formación, consultoría y asistencia técnica, estudiando
necesidades, analizando experiencias y difundiendo buenas prácticas en el ámbito nacional e
internacional en las siguientes materias:
a) Prevención y promoción de la salud y la asistencia sanitaria.
c) Cohesión e inclusión social.
d) Familia y protección a la infancia.
e) Desarrollo educativo.
f) Atención a las personas dependientes o con discapacidad.
g) Promoción de la igualdad.
cve: BOE-A-2021-7643
Verificable en https://www.boe.es
b) Cooperación al desarrollo.