II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-7599)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 55116
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001
de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que
impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del Real
Decreto 1313, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios.
e) Certificado, emitido por la autoridad competente, de capacitación para el
desempeño de las tareas como Profesor Titular de Universidad.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
10.
Nombramiento y toma de posesión
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será
publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de
Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión
de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente
universitario del Cuerpo de que se trate.
Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Sr. Rector en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el BOE, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
Profesor Titular de Universidad
Plaza: Número 2/108/21. Cuerpo: Profesor Titular de Universidad. Área de
conocimiento: Física Atómica, Molecular y Nuclear. Departamento a la que está adscrita:
Física Atómica, Molecular y Nuclear. Perfil Docente: Técnicas Experimentales II (Grado
cve: BOE-A-2021-7599
Verificable en https://www.boe.es
Sevilla, 22 de abril de 2021.–El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 55116
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001
de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que
impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del Real
Decreto 1313, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios.
e) Certificado, emitido por la autoridad competente, de capacitación para el
desempeño de las tareas como Profesor Titular de Universidad.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
10.
Nombramiento y toma de posesión
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será
publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de
Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión
de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente
universitario del Cuerpo de que se trate.
Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Sr. Rector en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el BOE, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
Profesor Titular de Universidad
Plaza: Número 2/108/21. Cuerpo: Profesor Titular de Universidad. Área de
conocimiento: Física Atómica, Molecular y Nuclear. Departamento a la que está adscrita:
Física Atómica, Molecular y Nuclear. Perfil Docente: Técnicas Experimentales II (Grado
cve: BOE-A-2021-7599
Verificable en https://www.boe.es
Sevilla, 22 de abril de 2021.–El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.