II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-7599)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 55112

c) Hoja de servicios actualizada.
d) Fotocopia de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
específicos señalados en la base 2.2.2 de esta convocatoria.
e) Declaración de veracidad debidamente firmada.
f) Recibo de haber abonado los derechos de examen.
Los candidatos que ostenten la condición de Profesor de la Universidad de Sevilla en
servicio activo no deberán presentar la documentación acreditativa solicitada en los
apartados a), b) y c), ya que la misma obra en su expediente personal.
Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso
serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión
interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas
en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier
entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y el
Reglamento 2016/679 de la Unión Europea, los interesados pueden ejercitar los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Sra.
Delegada de Protección de Datos de la Universidad de Sevilla, Rectorado, c/ San
Fernando, 4, 41004, Sevilla.
3.2 Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de
Sevilla, en concepto de derechos de examen la cantidad de 25 euros. El ingreso o
transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco Santander, en la cuenta
número ES77 0049.2588.71.2114241655 (número identificación: 750), con el título
Universidad de Sevilla, abierta en dicha entidad, haciéndose constar los siguientes
datos: nombre y apellidos del interesado, y número de la plaza a la que se concursa. La
falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es
subsanable, lo que determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización
del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la
solicitud.
Estarán exentos del pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo
acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.
b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite
tal circunstancia con informe preceptivo de la institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención
del 100% de la tasa, y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de
admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes, con
indicación en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante
exposición de las correspondientes listas en el portal electrónico (http://docentes.us.es Oferta de Empleo Público-Convocatorias), y estará condicionada a que, por parte de las
correspondientes comisiones juzgadoras, se hayan elaborado los criterios de evaluación
de los méritos de los candidatos y hayan sido remitidos al Servicio de Programación
Docente para su publicación.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el
procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión

cve: BOE-A-2021-7599
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Núm. 109