III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-7640)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 12 de marzo de 2021, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste con puerto base en la provincia de Pontevedra.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 55402
d) Aquellos buques que habiendo solicitado su inclusión en la relación de
participantes en esta modalidad de pesca en 2021 y que posteriormente decidan
no concurrir, salvo que sea por causa de fuerza mayor debidamente justificada, no
serán incluidos en el listado de buques de 2022 para dicha modalidad.
e) A estos efectos, el tope de captura que tuviesen asignado en función del
número de tripulantes, será repartido entre los buques participantes en esta
modalidad A de pesquería dirigida.
Durante la campaña de pesca dirigida (desde las 0.00 horas del 15 de marzo
de 2021 a las 0.00 horas del 15 de mayo de 2021) las capturas de caballa
pescadas con artes distintas de líneas de mano y/o cordel, por buques de los
relacionados en el anexo I, serán descontadas del tope de capturas del barco del
que se trate.
B. Se destinan 39.925,76 kg para los buques de artes menores que durante
la pesquería dirigida, capturen caballa usando otros artes distintos de las líneas de
mano y/o cordel (redes de enmalle, aparejos de anzuelo, etc.).
Para esta modalidad, el cierre de la pesquería dirigida se resolverá en el
momento de alcanzarse la cantidad total indicada y en todo caso a las 0.00 horas
del día 15 de mayo de 2021.»
Segundo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 22 de abril de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
ANEXO I
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida para la campaña 2021
Cofradia/puerto base
Núm.
tripulantes
Código
Matrícula/folio
MARESCO TRES.
27253
FE-4-4/08
Asoc. Mar do Morrazo.
2
XA VOU.
26464
VI-1-8/05
Cambados.
3
ARAU TRES.
23664
VILL-4-1/97
O Grove.
3
MODESTO UNO.
23240
VI-2-295
Raxó.
3
CASTRO DACOSTA.
25961
VI-3-2/03
Aldan-Hío.
4
NUEVO YOLANDA UNO.
24615
VI-3-2/99
Bueu.
4
CABO MAIOR.
24081
VI-4-6/98
Cambados.
4
IKERVAL.
100226 VILL-5-1/20
Cambados.
4
NOVO BOLERO.
23931
VILL-5-4/98
Cambados.
4
PORTO SANTOMÉ.
26871
VILL-5-2/06
Cambados.
4
SEGUNDO LIDER.
23689
VILL-5-11/97
Cambados.
4
FURIA DEL MAR.
14565
VI-4-5595
Cangas.
4
NUEVO DOS VICTORIAS.
23819
VI-4-2/98
Cangas.
4
ZANI.
2571
VI-4-5284
Cangas.
4
cve: BOE-A-2021-7640
Verificable en https://www.boe.es
Nombre buque
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 55402
d) Aquellos buques que habiendo solicitado su inclusión en la relación de
participantes en esta modalidad de pesca en 2021 y que posteriormente decidan
no concurrir, salvo que sea por causa de fuerza mayor debidamente justificada, no
serán incluidos en el listado de buques de 2022 para dicha modalidad.
e) A estos efectos, el tope de captura que tuviesen asignado en función del
número de tripulantes, será repartido entre los buques participantes en esta
modalidad A de pesquería dirigida.
Durante la campaña de pesca dirigida (desde las 0.00 horas del 15 de marzo
de 2021 a las 0.00 horas del 15 de mayo de 2021) las capturas de caballa
pescadas con artes distintas de líneas de mano y/o cordel, por buques de los
relacionados en el anexo I, serán descontadas del tope de capturas del barco del
que se trate.
B. Se destinan 39.925,76 kg para los buques de artes menores que durante
la pesquería dirigida, capturen caballa usando otros artes distintos de las líneas de
mano y/o cordel (redes de enmalle, aparejos de anzuelo, etc.).
Para esta modalidad, el cierre de la pesquería dirigida se resolverá en el
momento de alcanzarse la cantidad total indicada y en todo caso a las 0.00 horas
del día 15 de mayo de 2021.»
Segundo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 22 de abril de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
ANEXO I
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida para la campaña 2021
Cofradia/puerto base
Núm.
tripulantes
Código
Matrícula/folio
MARESCO TRES.
27253
FE-4-4/08
Asoc. Mar do Morrazo.
2
XA VOU.
26464
VI-1-8/05
Cambados.
3
ARAU TRES.
23664
VILL-4-1/97
O Grove.
3
MODESTO UNO.
23240
VI-2-295
Raxó.
3
CASTRO DACOSTA.
25961
VI-3-2/03
Aldan-Hío.
4
NUEVO YOLANDA UNO.
24615
VI-3-2/99
Bueu.
4
CABO MAIOR.
24081
VI-4-6/98
Cambados.
4
IKERVAL.
100226 VILL-5-1/20
Cambados.
4
NOVO BOLERO.
23931
VILL-5-4/98
Cambados.
4
PORTO SANTOMÉ.
26871
VILL-5-2/06
Cambados.
4
SEGUNDO LIDER.
23689
VILL-5-11/97
Cambados.
4
FURIA DEL MAR.
14565
VI-4-5595
Cangas.
4
NUEVO DOS VICTORIAS.
23819
VI-4-2/98
Cangas.
4
ZANI.
2571
VI-4-5284
Cangas.
4
cve: BOE-A-2021-7640
Verificable en https://www.boe.es
Nombre buque