IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-22027)
SEVILLA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Jueves 6 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 28554

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

22027

SEVILLA

Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 752/2020- neg. 6, por auto de fecha 26
de abril de 2021 se ha declarado la conclusión, con beneficio de exoneración del
pasivo insatisfecho, del procedimiento concursal de MARÍA DEL CORAL
RODRÍGUEZ SORIANO, con d.n.i. 28836456E y cuya parte dispositiva es del
tenor literal siguiente:
"PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de DOÑA MARÍA DEL CORAL
RODRÍGUEZ SORIANO.
2.- Conceder provisionalmente el beneficio de exoneración del pasivo
insatisfecho y aprobar el plan de pagos propuesto por el deudor con las
aclaraciones y modificaciones introducidas.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
4.- Acordar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del concursado hasta ahora subsistentes.
5.- Acordar el cese de la administración concursal designada, debiendo
comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la
credencial que le habilita como tal.
6.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
7.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del
Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos
mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente
resolución.

Así lo acuerda, manda y firma, Juan Francisco Santana Miralles, Juez titular
que ocupa plaza de Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Ceuta y Melilla, adscrito a la Sección Segunda del Tribunal de
Instancia Mercantil de Sevilla en funciones de refuerzo. Doy fe."
Sevilla, 30 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana
María Gullón Gullón.
ID: A210027943-1

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8.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera
notificado la declaración de concurso a la Administración concursal, a la
concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido
notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley
Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto
Refundido de la Ley Concursal).