III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-7531)
Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota adicional de anchoa (ANE/9/3411) obtenida para 2021 por intercambio con Portugal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Jueves 6 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se lleva a cabo el reparto de la cuota adicional de anchoa (ANE/9/3411)
obtenida para 2021 por intercambio con Portugal.

La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de
las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas
con otros Estados miembros, los conocidos como swaps.
En el marco de las negociaciones habituales que se llevan a cabo con otros Estados
miembros, se han obtenido de Portugal 650 toneladas de anchoa (ANE/9/3411) a cambio
de 300 toneladas de pez espada (SWO/AN05N) especie que cuenta con un reparto del 99 %
del mismo al censo unificado de palangre de superficie, según la orden AAA/658/2014, de 22
de abril, y solo un 1 % para capturas accesorias para otras flotas. Por tanto, no implica
ningún reparto individual ni por modalidad a ninguna de las flotas que tiene repartido el stock
de anchoa (ANE/9/3411).
El stock de anchoa ANE/9/3411 está repartido al censo de cerco del Golfo de Cádiz y
al censo de cerco del Cantábrico y Noroeste, por lo que dichos censos son receptores de
este swap de anchoa ANE/9/3411 según el reparto establecido tanto en la Orden
AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un Plan de gestión para los
buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz –98,86 % del stock–,
como en la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan
de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y
Noroeste –1,14 % del stock–.
De acuerdo a la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, el 40 % de las 650 toneladas de
ANE/9/3411 recibidas mediante intercambio con Portugal, 260 toneladas se asignarán al
cerco del Golfo de Cádiz y al cerco del Cantábrico y Noroeste, en base al reparto que
ambos censos tienen de dicho stock.
El 60 % restante de las 650 toneladas obtenidas, 390 toneladas, el 40 % se
distribuye al cerco del Cantábrico y Noroeste (156 toneladas) y el 60 % restante al cerco
del Golfo de Cádiz (234 toneladas). Esta mayor cantidad del 60 % del total del swap, se
justifica en base a la mayor dependencia que del boquerón tiene el cerco del Golfo de
Cádiz, acreditado con el histórico de sus consumos en los últimos tres años, si bien
aquellos buques para los que se ha constatado que, tanto en el período de TAC actual
como en el anterior, han consumido 0 % de su cuota, no se les ha incluido en esta parte
de reparto del swap, dado que ese consumo demuestra poca necesidad de cuota extra.
En el caso del cerco del Cantábrico y Noroeste, en los últimos tres años se han
contrastados consumos elevados en la segunda mitad del año.
En el momento actual, la pesca conjunta del cerco del Cantábrico y Noroeste está
cerrada. Ello se debe a que la cantidad de la que dispone la pesca conjunta del cerco en
dicho caladero, como suma de lo que le correspondió del período de TAC actual, 1 de
julio 2020 a 30 de junio 2021, 85.430 kg y la cantidad de la flexibilidad interanual
generada en el período de TAC anterior, 1 de julio 2019 a 30 de junio 2020, 14.430 Kg,
99.860 Kg en total, en diciembre de 2020 se consideró insuficiente para poder permitir la
apertura de la misma sin provocar el sobrepasamiento de esta cantidad en muy pocos
días.
En cambio en este momento, con la cantidad que se le reparte al cerco Cantábrico y
Noroeste de las 650 toneladas obtenidas del intercambio con Portugal, 159 toneladas, se
considera oportuno proceder a abrir la pesca conjunta del cerco del Cantábrico y

cve: BOE-A-2021-7531
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