III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-7532)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y Minas de Almadén y Arrayanes, SA, S.M.E.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Jueves 6 de mayo de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 54458
Naturaleza del Convenio y Jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio serán
resueltas en el seno de la comisión de seguimiento en el caso de que no fuera posible, el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción.
Duodécima.
Finalización de vigencia del Convenio anterior.
Una vez el presente Convenio adquiera eficacia jurídica, de conformidad con la
cláusula quinta, quedará resuelto, liquidado y extinguido el anterior Convenio suscrito
entre las partes en fecha 29 de abril de 2019, sin necesidad de realizar liquidación
adicional alguna. En consecuencia, el presente Convenio sustituirá en su totalidad al
extinto Convenio firmado por las partes en fecha 29 de abril de 2019.
El pago de las cantidades pendientes correspondientes al cuatrimestre en curso en la
fecha que el Convenio adquiera eficacia jurídica se efectuará con cargo al presente
Convenio.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente
Convenio.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado,
Consuelo Castro Rey.–El Presidente de Minas de Almadén y Arrayanes, S.A., S.M.E.,
Emiliano Almansa Rodríguez.
ANEXO
En virtud de lo dispuesto en la cláusula Novena del Convenio, la comisión de
seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:
– Por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado:
La Subdirectora General y el Subdirector Adjunto de Coordinación, Auditoría y de
Gestión del Conocimiento. En defecto de uno de ellos, un Gestor de Apoyo Jurídico de la
referida Subdirección.
– Por Minas de Almadén y Arrayanes, S.A., S.M.E. (MAYASA):
cve: BOE-A-2021-7532
Verificable en https://www.boe.es
El Presidente.
El Director Financiero y de Control.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 108
Jueves 6 de mayo de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 54458
Naturaleza del Convenio y Jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio serán
resueltas en el seno de la comisión de seguimiento en el caso de que no fuera posible, el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción.
Duodécima.
Finalización de vigencia del Convenio anterior.
Una vez el presente Convenio adquiera eficacia jurídica, de conformidad con la
cláusula quinta, quedará resuelto, liquidado y extinguido el anterior Convenio suscrito
entre las partes en fecha 29 de abril de 2019, sin necesidad de realizar liquidación
adicional alguna. En consecuencia, el presente Convenio sustituirá en su totalidad al
extinto Convenio firmado por las partes en fecha 29 de abril de 2019.
El pago de las cantidades pendientes correspondientes al cuatrimestre en curso en la
fecha que el Convenio adquiera eficacia jurídica se efectuará con cargo al presente
Convenio.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente
Convenio.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado,
Consuelo Castro Rey.–El Presidente de Minas de Almadén y Arrayanes, S.A., S.M.E.,
Emiliano Almansa Rodríguez.
ANEXO
En virtud de lo dispuesto en la cláusula Novena del Convenio, la comisión de
seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:
– Por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado:
La Subdirectora General y el Subdirector Adjunto de Coordinación, Auditoría y de
Gestión del Conocimiento. En defecto de uno de ellos, un Gestor de Apoyo Jurídico de la
referida Subdirección.
– Por Minas de Almadén y Arrayanes, S.A., S.M.E. (MAYASA):
cve: BOE-A-2021-7532
Verificable en https://www.boe.es
El Presidente.
El Director Financiero y de Control.
https://www.boe.es
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