III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Homologaciones. (BOE-A-2021-7508)
Resolución 1A0/38127/2021, de 18 de marzo, del Centro Criptológico Nacional, por la que se certifica la seguridad del producto "Bittium SafeMove VPN v4.11.722", desarrollado por Bittium SafeMove Oy.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Jueves 6 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 54256
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
7508
Resolución 1A0/38127/2021, de 18 de marzo, del Centro Criptológico
Nacional, por la que se certifica la seguridad del producto «Bittium SafeMove
VPN v4.11.722», desarrollado por Bittium SafeMove Oy.
Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por Bittium
SafeMove Oy, con domicilio social en Bittium SafeMove Oy Stella Business Park Lars
Sonckin Kaari 16 02600 Espoo (Finlandia), para la certificación de la seguridad del
producto «Bittium SafeMove VPN v4.11.722», conforme al entorno de uso, garantías y
limitaciones indicadas en la correspondiente Declaración de Seguridad: «Bittium
Safemove Security target: Windows VPN (versión: 1.0.5, fecha: 29 de mayo de 2020)».
Visto el correspondiente Informe Técnico de Evaluación de DEKRA Testing and
Certification S.A.U., de código EXT-6587, que determina el cumplimiento del producto
«Bittium SafeMove VPN v4.11.722», de las propiedades de seguridad indicadas en dicha
Declaración de Seguridad, tras el análisis de su seguridad según indican las normas
«Certificación Nacional Esencial de Seguridad, versión 0.1».
Visto el correspondiente Informe de Certificación del Centro Criptológico Nacional, de
código INF-3453, que determina el cumplimiento del producto «Bittium SafeMove VPN
v4.11.722», de los requisitos para la certificación de su seguridad exigidos por el
Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la
Información, aprobado por la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre.
De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro
Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2,
letra c, del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro
Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de certificación mencionada, dispongo:
Primero.
Certificar que la seguridad del producto «Bittium SafeMove VPN v4.11.722», cumple
con lo especificado en la Declaración de Seguridad de referencia «Bittium Safemove
Security target: Windows VPN (versión: 1.0.5, fecha: 29 de mayo de 2020)», según
exigen las garantías definidas en las normas «Certificación Nacional Esencial de
Seguridad, versión 0.1», para el nivel de garantía de evaluación LINCE + MEC.
Segundo.
Esta certificación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de producto
certificado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y
Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.
El Informe de Certificación y la Declaración de Seguridad citados se encuentran
disponibles para su consulta en el Centro Criptológico Nacional.
Cuarto.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de marzo de 2021.–La Secretaria de Estado, Directora del Centro
Criptológico Nacional, Paz Esteban López.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-7508
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 108
Jueves 6 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 54256
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
7508
Resolución 1A0/38127/2021, de 18 de marzo, del Centro Criptológico
Nacional, por la que se certifica la seguridad del producto «Bittium SafeMove
VPN v4.11.722», desarrollado por Bittium SafeMove Oy.
Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por Bittium
SafeMove Oy, con domicilio social en Bittium SafeMove Oy Stella Business Park Lars
Sonckin Kaari 16 02600 Espoo (Finlandia), para la certificación de la seguridad del
producto «Bittium SafeMove VPN v4.11.722», conforme al entorno de uso, garantías y
limitaciones indicadas en la correspondiente Declaración de Seguridad: «Bittium
Safemove Security target: Windows VPN (versión: 1.0.5, fecha: 29 de mayo de 2020)».
Visto el correspondiente Informe Técnico de Evaluación de DEKRA Testing and
Certification S.A.U., de código EXT-6587, que determina el cumplimiento del producto
«Bittium SafeMove VPN v4.11.722», de las propiedades de seguridad indicadas en dicha
Declaración de Seguridad, tras el análisis de su seguridad según indican las normas
«Certificación Nacional Esencial de Seguridad, versión 0.1».
Visto el correspondiente Informe de Certificación del Centro Criptológico Nacional, de
código INF-3453, que determina el cumplimiento del producto «Bittium SafeMove VPN
v4.11.722», de los requisitos para la certificación de su seguridad exigidos por el
Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la
Información, aprobado por la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre.
De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro
Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2,
letra c, del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro
Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de certificación mencionada, dispongo:
Primero.
Certificar que la seguridad del producto «Bittium SafeMove VPN v4.11.722», cumple
con lo especificado en la Declaración de Seguridad de referencia «Bittium Safemove
Security target: Windows VPN (versión: 1.0.5, fecha: 29 de mayo de 2020)», según
exigen las garantías definidas en las normas «Certificación Nacional Esencial de
Seguridad, versión 0.1», para el nivel de garantía de evaluación LINCE + MEC.
Segundo.
Esta certificación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de producto
certificado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y
Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.
El Informe de Certificación y la Declaración de Seguridad citados se encuentran
disponibles para su consulta en el Centro Criptológico Nacional.
Cuarto.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de marzo de 2021.–La Secretaria de Estado, Directora del Centro
Criptológico Nacional, Paz Esteban López.
https://www.boe.es
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cve: BOE-A-2021-7508
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Tercero.