IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21893)
SANTA CRUZ DE TENERIFE
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28375
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21893
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Doña Esperanza Torregrosa Sala, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Santa Cruz de Tenerife, por el presente, hace
saber:
1.- Que en el procedimiento concursal número 625/2020, se ha dictado en
fecha 30 de marzo de 2021 auto declarando el concurso de las personas
naturales, D. Mohammed Anisur Rahman con NIE n.º X4250272X y Dña. Nasrin
Akter con NIE n.º X7294994S, que se tramitará por las normas del procedimiento
Concurso consecutivo abreviado, y en el que se ha acordado la suspensión de las
facultades de Administración y disposición del concursado respecto de su
patrimonio.
El NIG del procedimiento es: 3803847120200001012.
2.- Que se ha designado como administrador concursal al Letrado Manuel
Freddy Santos Padrón, colegiado nº 2279 del ICATF, quien ha señalado como
domicilio postal el sito en calle Costa y Grijalba nº 10, 1º, 38004, Santa Cruz de
Tenerife, teléfono 822190099 y correo electrónico concursosgryjalba@gmail.com
para que los acreedores anteriores, y en la forma prevista en los arts. 256 y 257
del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el
plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en
el «Boletín Oficial del Estado».
La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado
por la Administración Concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos
realizada directamente al juzgado.
3.- Asimismo, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y la
formación de la sección quinta, que se regirá por lo dispuesto en el Título VIII del
Libro Primero del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
4.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán en el
Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es.
Santa Cruz de Tenerife, 23 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración
de Justicia, Esperanza Torregrosa Sala.
cve: BOE-B-2021-21893
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027416-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28375
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21893
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Doña Esperanza Torregrosa Sala, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Santa Cruz de Tenerife, por el presente, hace
saber:
1.- Que en el procedimiento concursal número 625/2020, se ha dictado en
fecha 30 de marzo de 2021 auto declarando el concurso de las personas
naturales, D. Mohammed Anisur Rahman con NIE n.º X4250272X y Dña. Nasrin
Akter con NIE n.º X7294994S, que se tramitará por las normas del procedimiento
Concurso consecutivo abreviado, y en el que se ha acordado la suspensión de las
facultades de Administración y disposición del concursado respecto de su
patrimonio.
El NIG del procedimiento es: 3803847120200001012.
2.- Que se ha designado como administrador concursal al Letrado Manuel
Freddy Santos Padrón, colegiado nº 2279 del ICATF, quien ha señalado como
domicilio postal el sito en calle Costa y Grijalba nº 10, 1º, 38004, Santa Cruz de
Tenerife, teléfono 822190099 y correo electrónico concursosgryjalba@gmail.com
para que los acreedores anteriores, y en la forma prevista en los arts. 256 y 257
del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el
plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en
el «Boletín Oficial del Estado».
La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado
por la Administración Concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos
realizada directamente al juzgado.
3.- Asimismo, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y la
formación de la sección quinta, que se regirá por lo dispuesto en el Título VIII del
Libro Primero del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
4.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán en el
Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es.
Santa Cruz de Tenerife, 23 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración
de Justicia, Esperanza Torregrosa Sala.
cve: BOE-B-2021-21893
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027416-1
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