III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-7476)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 54120
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las
universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración
General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones
públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e
instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios sujetos al derecho
administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí, o con
agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales,
supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de, entre otras, las siguientes
actividades: formación de personal científico y técnico y divulgación científica y tecnológica.
Quinto.
Que la Universidad de Valladolid (en adelante, la UVa), con sede en Valladolid y con
NIF Q 4718001C, de acuerdo con sus Estatutos, es una institución de derecho público
dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la consecución de sus fines y el
desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de acuerdo con el artículo 27.10 de la
Constitución y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Entre otras
funciones, la Universidad desarrolla la educación superior, ofrecida en régimen de igualdad
de oportunidades, para la preparación científica, técnica o artística, así como cívica,
profesional y cultural de sus estudiantes; la creación de conocimiento y el desarrollo de la
investigación en todos sus ámbitos, a través de la formación de investigadores y de la
dotación institucional de infraestructuras y medios personales y materiales para su ejercicio
constante, con atención preferente a prestar un servicio público a la sociedad.
Sexto.
Que teniendo en cuenta las previsiones legales y reglamentarias arriba expresadas, el
CSIC y la Universidad estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de cooperación
que, a través de sus respectivos recursos humanos y materiales, puedan mejorar la
cualificación profesional e investigadora de los/las estudiantes que cursen estudios de
Máster en la Universidad, así como la capacidad académica y científica de ambas
instituciones, mediante la participación de personal docente e investigador de las mismas.
Séptimo.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración en
el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as, con la finalidad de
prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas relacionadas con su formación
universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de trabajo y la mejora de su
empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo establecido en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas
de los estudiantes universitarios.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
1. El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración entre el CSIC y la
UVa para el desarrollo de programas de Máster y la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares y Trabajos Fin de Máster (TFM) de dichos
programas en los Institutos, Centros y unidades del CSIC (en adelante ICU).
cve: BOE-A-2021-7476
Verificable en https://www.boe.es
Por todo lo anteriormente expuesto, el CSIC y la Universidad suscriben este Convenio,
que se regirá por las siguientes
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 54120
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las
universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración
General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones
públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e
instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios sujetos al derecho
administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí, o con
agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales,
supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de, entre otras, las siguientes
actividades: formación de personal científico y técnico y divulgación científica y tecnológica.
Quinto.
Que la Universidad de Valladolid (en adelante, la UVa), con sede en Valladolid y con
NIF Q 4718001C, de acuerdo con sus Estatutos, es una institución de derecho público
dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la consecución de sus fines y el
desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de acuerdo con el artículo 27.10 de la
Constitución y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Entre otras
funciones, la Universidad desarrolla la educación superior, ofrecida en régimen de igualdad
de oportunidades, para la preparación científica, técnica o artística, así como cívica,
profesional y cultural de sus estudiantes; la creación de conocimiento y el desarrollo de la
investigación en todos sus ámbitos, a través de la formación de investigadores y de la
dotación institucional de infraestructuras y medios personales y materiales para su ejercicio
constante, con atención preferente a prestar un servicio público a la sociedad.
Sexto.
Que teniendo en cuenta las previsiones legales y reglamentarias arriba expresadas, el
CSIC y la Universidad estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de cooperación
que, a través de sus respectivos recursos humanos y materiales, puedan mejorar la
cualificación profesional e investigadora de los/las estudiantes que cursen estudios de
Máster en la Universidad, así como la capacidad académica y científica de ambas
instituciones, mediante la participación de personal docente e investigador de las mismas.
Séptimo.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración en
el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as, con la finalidad de
prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas relacionadas con su formación
universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de trabajo y la mejora de su
empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo establecido en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas
de los estudiantes universitarios.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
1. El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración entre el CSIC y la
UVa para el desarrollo de programas de Máster y la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares y Trabajos Fin de Máster (TFM) de dichos
programas en los Institutos, Centros y unidades del CSIC (en adelante ICU).
cve: BOE-A-2021-7476
Verificable en https://www.boe.es
Por todo lo anteriormente expuesto, el CSIC y la Universidad suscriben este Convenio,
que se regirá por las siguientes