III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-7403)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimoctava, de fecha 19 de julio de 2018, que ha devenido firme.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Miércoles 5 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
7403

Resolución de 12 de abril de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el
artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de
Madrid, Sección Decimoctava, de fecha 19 de julio de 2018, que ha devenido
firme.

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección
General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia
de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimoctava, de fecha 19 de julio
de 2018, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 310/2018, seguido ante la Audiencia Provincial de
Madrid, Sección Decimoctava, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del
Notariado, representado por el abogado del Estado, contra la sentencia, de fecha 16 de
febrero de 2018, dictada en autos de juicio verbal número 40/2017, seguidos ante el
Juzgado de Primera Instancia número 100 de Madrid, que estimó la demanda
presentada por don I. A. F., procurador de los tribunales, en nombre y representación de
doña A. M. R., frente a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de fecha 15 de marzo de 2017, por la que se desestimaba el recurso
interpuesto por don Ignacio Maldonado Ramos, notario de Madrid, contra la nota de
calificación extendida por la registradora de la Propiedad de Madrid número 39, doña
María Belén Andújar Arias, por la que se suspendía la inscripción de una escritura
pública de aclaración, declarando improcedente la calificación recurrida, con expresa
imposición de las costas a la demanda,
FALLAMOS
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Letrado del Estado
en representación de la DGRN contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado
Juez titular del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 100 de Madrid de fecha 16 de febrero
de 2018 en autos de juicio verbal n.º 40/2017 debemos confirmar y confirmamos
íntegramente la misma con imposición a la recurrente de las costas procesales causadas
en esta alzada.
Así por esta nuestra sentencia de la que se unirá certificación literal al Rollo de la
Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doña Guadalupe de Jesús Sánchez,
presidente, don Pedro Pozuelo Pérez y don Jesús Rueda López, magistrados de la
Audiencia Provincial de Madrid.

cve: BOE-A-2021-7403
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de abril de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X