IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21876)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28358
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21876
MADRID
Edicto
Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020,
de 5 de mayo).
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 967/2020 por auto de fecha
21/09/2020 se ha decretado la declaración de concurso y la conclusión y archivo
del concurso SPAIN MEDIA PARTNERS UNO, S.L., por insuficiencia de la masa
activa para la satisfacción de los créditos contra la masa 473.1 del Texto Refundido
de la Ley concursal (RDL 1/2020, de 5 de mayo).
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del
deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación, en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo
ordenado en el art 485 del Texto Refundido de la Ley concursal (RDL 1/2020, de 5
de mayo), declarar su extinción.
Madrid, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
María Jesús Rodríguez Fernández.
cve: BOE-B-2021-21876
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027404-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28358
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21876
MADRID
Edicto
Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020,
de 5 de mayo).
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 967/2020 por auto de fecha
21/09/2020 se ha decretado la declaración de concurso y la conclusión y archivo
del concurso SPAIN MEDIA PARTNERS UNO, S.L., por insuficiencia de la masa
activa para la satisfacción de los créditos contra la masa 473.1 del Texto Refundido
de la Ley concursal (RDL 1/2020, de 5 de mayo).
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del
deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación, en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo
ordenado en el art 485 del Texto Refundido de la Ley concursal (RDL 1/2020, de 5
de mayo), declarar su extinción.
Madrid, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
María Jesús Rodríguez Fernández.
cve: BOE-B-2021-21876
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027404-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X