IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21861)
BARCELONA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28343
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21861
BARCELONA
Edicto
Don José Antonio Alonso Almaraz, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de
declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso consecutivo 191/2021-B.
NIG: 0801947120218001815.
Fecha del auto de declaración. 29 de marzo de 2021.
Clase de concurso. Consecutivo Voluntario Abreviado.
Persona concursada. MILCO VILLALÓN OLIVARES, con NIE n.º Y1473445, y
con domicilio en C/ Pou, n.º 24, 1.º, 1.ª, de Barcelona.
Administrador concursal. D. Ramón Badia Teruel, Economista.
Dirección postal: C/ San Joan, n.º 22, Agramunt (Lleida).
Dirección electrónica: rbadia@ramonbadia.com
Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a
la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 12 - Barcelona.
Dese traslado a los acreedores por diez (10) días para que formulen las
alegaciones que estimen precisas sobre la imposibilidad de presentar plan de
liquidación manifestada en la solicitud de concurso.
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de
abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de
Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.
Barcelona, 29 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
José Antonio Alonso Almaraz.
ID: A210027645-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-21861
Verificable en https://www.boe.es
Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28343
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21861
BARCELONA
Edicto
Don José Antonio Alonso Almaraz, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de
declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso consecutivo 191/2021-B.
NIG: 0801947120218001815.
Fecha del auto de declaración. 29 de marzo de 2021.
Clase de concurso. Consecutivo Voluntario Abreviado.
Persona concursada. MILCO VILLALÓN OLIVARES, con NIE n.º Y1473445, y
con domicilio en C/ Pou, n.º 24, 1.º, 1.ª, de Barcelona.
Administrador concursal. D. Ramón Badia Teruel, Economista.
Dirección postal: C/ San Joan, n.º 22, Agramunt (Lleida).
Dirección electrónica: rbadia@ramonbadia.com
Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a
la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 12 - Barcelona.
Dese traslado a los acreedores por diez (10) días para que formulen las
alegaciones que estimen precisas sobre la imposibilidad de presentar plan de
liquidación manifestada en la solicitud de concurso.
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de
abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de
Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.
Barcelona, 29 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
José Antonio Alonso Almaraz.
ID: A210027645-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-21861
Verificable en https://www.boe.es
Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es