IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21681)
SEVILLA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Martes 4 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28015
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21681
SEVILLA
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Primera, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (LC),
anuncia:
La conclusión del proceso concursal de la entidad Sapori Umbri, S.L., con CIF
B91361584, llevado en este Juzgado con el número de autos 76/2021. Se decreta
el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de
cuentas presentada por el mismo, debiendo destruir la credencial que este juzgado
le extendió en el plazo de 5 días.
La declaración de extinción de la entidad Sapori Umbri, S.L. y el cierre de su
hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase
mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de
extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear
o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea
que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 22 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana
Galvez Muñoz.
cve: BOE-B-2021-21681
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027012-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 106
Martes 4 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28015
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21681
SEVILLA
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Primera, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (LC),
anuncia:
La conclusión del proceso concursal de la entidad Sapori Umbri, S.L., con CIF
B91361584, llevado en este Juzgado con el número de autos 76/2021. Se decreta
el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de
cuentas presentada por el mismo, debiendo destruir la credencial que este juzgado
le extendió en el plazo de 5 días.
La declaración de extinción de la entidad Sapori Umbri, S.L. y el cierre de su
hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase
mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de
extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear
o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea
que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 22 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana
Galvez Muñoz.
cve: BOE-B-2021-21681
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027012-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X