IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21672)
MADRID
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Martes 4 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28004
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21672
MADRID
Edicto.
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35.1 del T.R.L.C., anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 269/2021, por Auto dictado en fecha 27
de abril de 2021, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil
CONSULTORÍA INTEGRAL 360, S.L.U., con C.I.F.: B-86847720.
2º.- Que la mercantil CONSULTORÍA INTEGRAL 360, S.L.U., conserva las
facultades de Administración y de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por
la causa 5.ª del artículo 465 del T.R.L.C.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de
Administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente
declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador Concursal al
no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto
al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones
declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del
concurso o no se declare nuevo concurso;
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad
concursada.
Madrid, 28 de abril de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia, María
Jesús Palmero Sandín.
cve: BOE-B-2021-21672
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027166-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 106
Martes 4 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 28004
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21672
MADRID
Edicto.
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35.1 del T.R.L.C., anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 269/2021, por Auto dictado en fecha 27
de abril de 2021, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil
CONSULTORÍA INTEGRAL 360, S.L.U., con C.I.F.: B-86847720.
2º.- Que la mercantil CONSULTORÍA INTEGRAL 360, S.L.U., conserva las
facultades de Administración y de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por
la causa 5.ª del artículo 465 del T.R.L.C.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de
Administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente
declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador Concursal al
no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto
al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones
declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del
concurso o no se declare nuevo concurso;
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad
concursada.
Madrid, 28 de abril de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia, María
Jesús Palmero Sandín.
cve: BOE-B-2021-21672
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210027166-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X