IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21649)
GIRONA
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Martes 4 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 27981

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

21649

GIRONA

Edicto de declaración de concurso
Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Admon. de Justicia del
Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar
publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado (Arts. 35.1
y 554 el TRLC):
Número de asunto: 284/2021-. Sección B.
Fecha del auto de declaración: 23 de marzo de 2021.
Clase de concurso: Voluntario abreviado.
Entidad concursada: Girona Publicitat, S.L.
CIF de la concursada: B-55.226.047.
Domicilio social de la concursada: Calle Josep Trueta, núm.3, de la población
de Bescanó CP 17162 (Girona).
Administración concursal: Arnaez-Pineda Concursal, S.L.P.
- Dirección postal: Avda. Vila de Blanes, número 161, piso 1.º, 1.ª, de la
población de Lloret de Mar, CP 17310 (Girona).
- Dirección electrónica: arnaezpinedaconcursal@gmail.com
Regimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene
suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y
cesados sus administradores y liquidador, quedando sustituidos éstos por la
Administración concursal.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la parte concursada deberan
poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección
postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día
siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un
mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE (Art. 255 TRLC).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha
acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la
disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores de la
concursada, quedando sustitutidos éstos por la Administración concursal.
Girona, 13 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia
de la Torre Duñaiturria.
ID: A210027283-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-21649
Verificable en https://www.boe.es

Pesonación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante
Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado
Mercantil núm. 1 de Girona (Pl. Josep Maria Lidón Corbí, 1, de Girona). (Art. 512
TRLC).