IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21644)
CASTELLÓN DE LA PLANA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Martes 4 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 27976

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

21644

CASTELLÓN DE LA PLANA

Edicto
Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo
dispuesto en los artículos 35, 553 y 554 TRCL,
Hago saber:
Primero: Que por auto de fecha 26-3/2021, dictado en el procedimiento de
concurso abreviado número 000356/2015, NIG 1204066220150000425, seguido
en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y
abreviado que se ha seguido frente al deudor Dental Villarreal, S.L., domiciliado en
Avenida Francisco Tarrega, 59, bajo izquierda, Villarreal y CIF número B12553947.
Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la
conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva
que a continuación se inserta:
Parte dispositiva:
"1.-Acordar la conclusión del concurso de Dental Villarrreal, S.L., seguido bajo
el número concurso abreviado número 000356/2015-II y el archivo de las
presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria
consecuencia de ello.
2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así
como el cese en su cargo del administrador concursal.
3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Dental Villarreal, S.L.,
disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos
correspondientes.
4.-El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite
su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 35TRCL y
se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y
en el artículo 36 TRLC (artículo 482 TRCL).
5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos
mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 485 TRCL) a
los registros públicos que correspondan.
6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones
sección primera del concurso.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4
de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481.1 TRLC).
Magistrada Letrada de la Administración de Justicia.".
Castellón de la Plana, 31 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de
Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.
ID: A210027010-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-21644
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7.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada,
y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.