IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-21622)
BADAJOZ
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Martes 4 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 27951
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21622
BADAJOZ
D.ª Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE
LO MERCANTIL N.º1 de BADAJOZ,
Por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCIÓN I
DECLARACIÓN CONCURSO 0000115 /2021 se ha dictado en fecha 26 de abril de
2021 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO del
deudor RAMÍREZ GALANO, S.L., con CIF. B06676092, cuyo centro de intereses
principales lo tiene en Plg. Industrial La Nave 4 de San Vicente de Alcántara. CP.
06500 (Badajoz).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y
disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como
Administración Concursal a DE IURE ADMINISTRADORES CONCURSALES,
S.L.P. con domicilio profesional en Edifico Eurodom, Calle LUIS ÁLVAREZ
LENCERO, 3-4.º OFICINA 12 DE BADAJOZ, y correo electrónico
concursoramirezgalano@deiureadministradoresconcursales.com para que los
acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a
este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración
Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de
crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en
escrito exclusivo para tal fin.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 252 TRLC, a la dirección
postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir
de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(art. 512 TRLC).
5º.- El presente edicto se publicará en el BOE con el carácter de publicación
gratuita. Las siguientes resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán
en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal
www.publicidadconcursal.es.
ID: A210027111-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-21622
Verificable en https://www.boe.es
Badajoz, 28 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Lucía Peces Gómez.
Núm. 106
Martes 4 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 27951
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21622
BADAJOZ
D.ª Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE
LO MERCANTIL N.º1 de BADAJOZ,
Por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCIÓN I
DECLARACIÓN CONCURSO 0000115 /2021 se ha dictado en fecha 26 de abril de
2021 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO del
deudor RAMÍREZ GALANO, S.L., con CIF. B06676092, cuyo centro de intereses
principales lo tiene en Plg. Industrial La Nave 4 de San Vicente de Alcántara. CP.
06500 (Badajoz).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y
disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como
Administración Concursal a DE IURE ADMINISTRADORES CONCURSALES,
S.L.P. con domicilio profesional en Edifico Eurodom, Calle LUIS ÁLVAREZ
LENCERO, 3-4.º OFICINA 12 DE BADAJOZ, y correo electrónico
concursoramirezgalano@deiureadministradoresconcursales.com para que los
acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a
este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración
Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de
crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en
escrito exclusivo para tal fin.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 252 TRLC, a la dirección
postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir
de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(art. 512 TRLC).
5º.- El presente edicto se publicará en el BOE con el carácter de publicación
gratuita. Las siguientes resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán
en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal
www.publicidadconcursal.es.
ID: A210027111-1
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cve: BOE-B-2021-21622
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Badajoz, 28 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Lucía Peces Gómez.