III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-7212)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la actualización del censo de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104
Sábado 1 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 52539
grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los
buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión,
según el cual los Totales Admisibles de Capturas y por tanto las cuotas para cada stock
serán provisionales y aplicarán para un periodo comprendido desde el 1 de enero
de 2021 hasta el 31 de marzo de 2021, el Reglamento (UE) 2021/406 del Consejo, de 5
de marzo de 2021, y las cuotas provisionales aprobadas en el Consejo de Ministros de
Pesca el pasado 22 y 23 de marzo de 2021. Una vez finalizado el mismo, se procederá a
repartir la cuota restante a los buques teniendo como referencia la cuota definitiva
obtenida para cada stock.
Publicar como anexo VI el reparto de la flexibilidad interanual generada por buque en
la campaña 2020, usando como referencia los consumos de cada buque y el consumo
global de España de cada stock. Esto es así para garantizar la máxima estabilidad en las
pesquerías que puedan ver insuficientes los repartos de cuota provisionales generados
para este primer periodo del año, teniendo en consideración las peculiaridades del
año 2021.
Cuarto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca, y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Quinto.
Esta resolución producirá efectos a partir del 1 de enero de 2021, para toda la
campaña de pesca 2021.
cve: BOE-A-2021-7212
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de abril de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
Núm. 104
Sábado 1 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 52539
grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los
buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión,
según el cual los Totales Admisibles de Capturas y por tanto las cuotas para cada stock
serán provisionales y aplicarán para un periodo comprendido desde el 1 de enero
de 2021 hasta el 31 de marzo de 2021, el Reglamento (UE) 2021/406 del Consejo, de 5
de marzo de 2021, y las cuotas provisionales aprobadas en el Consejo de Ministros de
Pesca el pasado 22 y 23 de marzo de 2021. Una vez finalizado el mismo, se procederá a
repartir la cuota restante a los buques teniendo como referencia la cuota definitiva
obtenida para cada stock.
Publicar como anexo VI el reparto de la flexibilidad interanual generada por buque en
la campaña 2020, usando como referencia los consumos de cada buque y el consumo
global de España de cada stock. Esto es así para garantizar la máxima estabilidad en las
pesquerías que puedan ver insuficientes los repartos de cuota provisionales generados
para este primer periodo del año, teniendo en consideración las peculiaridades del
año 2021.
Cuarto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca, y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Quinto.
Esta resolución producirá efectos a partir del 1 de enero de 2021, para toda la
campaña de pesca 2021.
cve: BOE-A-2021-7212
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de abril de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.